PAILLAS CARLOS ALBERTO c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS
El actor, subsecretario del Poder Ejecutivo jubilado al amparo de la ley 20.572 y su modificatoria 21.121, reclamó la restitución de su haber en el 85% de la remuneración del cargo y una movilidad atada a las variaciones salariales de la actividad. La Corte Suprema confirmó la sentencia de la Cámara Federal de la Seguridad Social, con el alcance fijado en el precedente Arrúes, y declaró parcialmente procedente el recurso de la ANSeS.
¿Quién es el actor?
Carlos Alberto Paillas.
¿A quién se demanda?
Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSeS).
¿Cuál es el objeto del reclamo?
reajustes varios del haber jubilatorio: restitución del 85% de la remuneración del cargo al cese y movilidad vinculada a las variaciones salariales del cargo en actividad.
¿Qué se resolvió?
la Corte declaró parcialmente procedente el recurso ordinario de la ANSeS y confirmó la sentencia apelada con el alcance que surge del precedente "Arrúes". Se declaró inoficioso expedirse sobre la redacción anterior del art. 22 de la ley 24.463 por la entrada en vigencia de la ley 26.153, y se desestimaron los planteos sobre limitación de recursos y tasa pasiva de interés por no guardar relación con lo decidido.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"el actor obtuvo su beneficio jubilatorio al amparo de la ley 20.572 y su modificatoria 21.121 por haberse desempeñado como subsecretario del Poder Ejecutivo. Dichas normas establecían que las personas que hubieran ejercido cargos de carácter electivo en los poderes del Estado Nacional quedaban comprendidas en los beneficios del régimen especial de jubilaciones y pensiones para magistrados y funcionarios judiciales instituido por las leyes 18.464 y 19.841, que fijaban un haber jubilatorio equivalente al 85% de la remuneración correspondiente al cargo desempeñado al momento del cese laboral y una movilidad relacionada con las variaciones del salario de actividad".
"el régimen de jubilaciones del actor fue derogado a partir del 31 de diciembre de 1991 por el art. 11 de la ley 23.966. Sin embargo, la ley especial 24.018 [...] incluyó en su art. 19 a la que había desempeñado el actor, fijó nuevos requisitos para acceder a la jubilación y preservó los derechos de quienes hubieran obtenido sus prestaciones al amparo de los regímenes derogados (arts. 20, 31 y 33 de la ley 24.018)".
"dado que la ANSeS limita sus agravios sobre el fondo al alcance temporal del método de movilidad que corresponde aplicar a la prestación, dichas objeciones remiten a cuestiones sustancialmente análogas a las tratadas por el Tribunal en la causa A.1848.XL. 'Arrúes, Abraham David Segismundo c/ ANSeS s/ acción declarativa - medida cautelar', fallada con fecha 30 de mayo de 2006, cuyas consideraciones se dan por reproducidas".
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Normas que cita
- Ley 20.572art. 1 · Prevision social
- Ley 21.121Presupuesto administracion nacional para el ejercicio 1975
- Ley 18.464arts. 4, 7 · Prevision social
- Ley 19.841
- Ley 23.966art. 11 · Impuestos - prevision social
- Ley 24.018arts. 19, 20, 31, 33 · Jubilaciones y pensiones
- Ley 24.463arts. 19, 22 · Solidaridad previsional
- Ley 26.153Solidaridad previsional
Fallos que cita
- Arrúes, Abraham David Segismundo c/ ANSeS s/ acción declarativa - medida cautelarCSJN · 30/05/2006
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