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Corte Suprema

LEZCANO ROBERTO FAUSTINO Y LOPEZ LILA NOEMI c/ PODER EJECUTIVO NACIONAL s/AMPARO

La Corte Suprema declaró procedentes los recursos extraordinarios en el marco de la pesificación de depósitos bancarios en dólares y dejó sin efecto las sentencias apeladas. Reconoció a los actores el derecho a obtener el reintegro de sus depósitos a $1,40 por dólar, ajustado por CER, con intereses del 4% anual no capitalizable, remitiendo a los fundamentos del precedente Massa.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
L. 269. XXXIX. REX
Pesificacion Depositos en dolares Corralito financiero Amparo Ley 25.561 Decreto 214/02 Cer Reintegro de depositos Intereses Derecho de propiedad

¿Quién es el actor?

Roberto Faustino Lezcano y Lila Noemi López (y numerosos actores acumulados en el expediente).

¿A quién se demanda?

Poder Ejecutivo Nacional; en algunos casos, entidades bancarias.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Amparo contra la pesificación dispuesta por la Ley 25.561 y sus decretos reglamentarios (1570/01 y 214/02) respecto de depósitos bancarios en dólares estadounidenses.

¿Qué se resolvió?

Se declararon procedentes los recursos extraordinarios y se dejaron sin efecto las sentencias apeladas. Se reconoció el derecho de los actores a obtener el reintegro de su depósito convertido a $1,40 por dólar, ajustado por CER hasta el pago, más intereses del 4% anual no capitalizable, con imputación de pagos a cuenta. Las costas de esta instancia se distribuyeron en el orden causado, y las de instancias anteriores se mantuvieron como las fijó el tribunal a quo.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

Por brevedad, la Corte remitió a los fundamentos y conclusiones de la causa "Massa, Juan Agustín c/ Poder Ejecutivo Nacional dto. 1570/01 y otro s/ amparo ley 16.986" (sentencia del 27 de diciembre de 2006), por considerar que las cuestiones eran sustancialmente análogas. Se aclaró que el reconocimiento del derecho queda limitado por lo decidido por la cámara, en tanto su sentencia no fue apelada por la actora. Se dispuso la devolución de las actuaciones a los juzgados de primera instancia, dado que el texto del precedente está publicado en la página web del Tribunal, para que notifiquen la sentencia.

Normas que cita

Fallos que cita

  • Massa, Juan Agustín c/ Poder Ejecutivo Nacional dto. 1570/01 y otro s/ amparo ley 16.986CSJN · 27/12/2006

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