JurisprudenciaARG
Corte Suprema

BUENOS AIRES, PROVINCIA DE c/ ESTADO NACIONAL (MINISTERIO DE DEFENSA) s/DAÑOS Y PERJUICIOS

La Corte Suprema dejó sin efecto la resolución que había declarado al Estado Nacional negligente en la producción de la prueba informativa y lo había tenido por desistido. Consideró que el oficio había sido presentado y retirado para su diligenciamiento, por lo que impuso las costas por su orden.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
B. 92. XXXII. P02
Prueba informativa Negligencia procesal Recurso de reposicion Excepcionalidad Cosa juzgada Desistimiento de la prueba Diligenciamiento de oficio Costas por su orden Danos y perjuicios Estado nacional.

¿Quién es el actor?

Provincia de Buenos Aires.

¿A quién se demanda?

Estado Nacional (Ministerio de Defensa), Francisco José Guzmán y/o titular del camión Mercedes Benz dominio C-577.007.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Daños y perjuicios.

¿Qué se resolvió?

Se dejó sin efecto la resolución de fs. 23 (del 22 de junio de 1999), se agregó a autos la contestación del oficio reservada en secretaría y se la hizo saber a las partes. Las costas se distribuyeron por su orden.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

Planteo del recurrente: "con anterioridad al acuse presentó en la Mesa de Entradas de la secretaría un oficio para su confrontación, cuya finalidad era precisamente la del diligenciamiento de la prueba en cuestión, lo que demuestra el interés en impulsar su trámite."

Criterio del Tribunal: "sin bien este Tribunal ha considerado que peticiones semejantes a la presente resultan en principio improcedentes ya que las sentencias definitivas e interlocutorias no son susceptibles de ser modificadas por la vía intentada (arts. 238 y 160 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación), ello no obsta a que tal criterio ceda ante circunstancias estrictamente excepcionales, como las que ocurren en el caso."

Fundamento de la costas: "al no existir constancia alguna de que el oficio había sido dejado para su confrontación la actora pudo creerse con derecho a peticionar como lo hizo."

La sentencia no registra votos en disidencia.

Normas que cita

  • CPCCNarts. 160, 238, 68, 69 · Codigo procesal civil y comercial de la nacion

Fallos que cita

  • Provincia de Buenos Aires c/ Estado Nacional y otros s/ daños y perjuiciosCSJN
  • ADIPROM S.A.C.I.F.I. c/ Santa Cruz, Provincia de y otros s/ cobro de australesCSJN · 23/12/1992

Más jurisprudencia sobre

El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.

Encontrá la jurisprudencia para tu caso

Buscá en los fallos de JurisprudenciaARG por tema, tribunal y fecha. Creá tu cuenta para empezar.