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Corte Suprema

TODONE FEDERICO JORGE c/ ESTADO NACIONAL (ESTADO MAYOR GENERAL DEL EJERCITO) s/PERSONAL MILITAR Y CIVIL DE LAS FUERZAS DE LAS FUERZAS ARMADAS Y DE SEGURIDAD

La Corte Suprema hizo lugar a la queja y al recurso extraordinario interpuestos por un militar retirado contra el Estado Nacional, y revocó la sentencia apelada, ordenando dictar un nuevo pronunciamiento conforme a los precedentes Bagnat y Sire y a la causa Tajes. La decisión se adoptó por remisión a esos fallos, con la disidencia de Bossert, que la dejó sin efecto solo con el alcance indicado en su voto en Tajes.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
T. 4. XXXIII. RHE
Retiro militar Seguridad social militar Recurso extraordinario Queja Remision a precedentes Estado mayor general del ejercito Bagnat Sire Tajes Revocacion de sentencia

¿Quién es el actor?

Federico Jorge Todone.

¿A quién se demanda?

Estado Nacional (Estado Mayor General del Ejército).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Cuestión vinculada al régimen de retiro militar y de seguridad, decidida por la instancia anterior y cuestionada mediante recurso extraordinario denegado, que dio lugar a la queja.

¿Qué se resolvió?

Por mayoría, la Corte admitió la queja, declaró procedente el recurso extraordinario y revocó la sentencia apelada, ordenando nuevo pronunciamiento. Bossert, en su voto, dejó sin efecto la sentencia "con el alcance indicado", que remite a su disidencia parcial en Tajes. Fayt votó en igual sentido (revocar).

¿Cuáles son los fundamentos principales?

El fallo no desarrolla argumentos propios. Resuelve "la cuestión debatida en el sub examine" remitiendo a lo resuelto en Fallos 311:255 (Bagnat) y 312:1250 (Sire) y, en la mayoría, a la causa T.359.XXXI, "Tajes, Raúl Eduardo c/ Estado Nacional (E.M.G.E.) s/ retiro militar y de seguridad", del 31 de marzo de 1999, considerandos 9° y 10° del voto mayoritario y del concurrente. El voto de Bossert remite a los considerandos 9° a 18° de su disidencia parcial en Tajes, junto con los jueces Nazareno y Boggiano. Como la remisión a Tajes admite posiciones distintas, el alcance concreto de la decisión depende de esos precedentes, que no se transcriben en este documento.

Fallos que cita

  • BagnatCSJN · Fallos 311:255
  • SireCSJN · Fallos 312:1250
  • Tajes, Raúl Eduardo c/ Estado Nacional (E.M.G.E.) s/ retiro militar y de seguridadCSJN · 31/03/1999

El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.

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