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Corte Suprema

DI TOMASO VELIA MARIA ANA c/ INPS-CAJA NAC DE PREV DE LA INDUSTRIA,COM Y A CT CIVILES s/REAJUSTES POR MOVILIDAD

La Corte Suprema declaró procedentes los recursos extraordinarios de la ANSeS y revocó las sentencias que habían reconocido la movilidad de haberes previsionales de la actora. Ordenó que el período comprendido entre el 1° de abril de 1991 y la entrada en vigencia de la ley 24.241 se liquide conforme al alcance fijado en el precedente Chocobar.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
D. 355. XXVI. RHE
Movilidad de haberes previsionales Recurso extraordinario Anses Ley 24.241 Precedente chocobar Topes maximos Reajuste previsional Sistema previsional Caja nacional de prevision Inconstitucionalidad de la movilidad

¿Quién es el actor?

Velia María Ana Di Tomaso (y otros actores acumulados: Alberto Daurat, Félix Pérez y David Schvient).

¿A quién se demanda?

INPS-Caja Nacional de Previsión de la Industria, Comercio y Actividades Civiles; Caja Nacional de Previsión para el Personal del Estado y Servicios Públicos.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

reajuste por movilidad de haberes previsionales.

¿Qué se resolvió?

por mayoría, con el alcance de las consideraciones del fallo, se declararon procedentes los recursos extraordinarios deducidos por la ANSeS; se revocaron las sentencias apeladas; y, respecto de la movilidad desde el 1° de abril de 1991 hasta la vigencia de la ley 24.241, se ordenó aplicar el alcance fijado en el precedente "Chocobar". Los jueces Fayt, Belluscio, Petracchi y Bossert se remitieron a sus disidencias en esa causa.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

la Corte remite, por razones de brevedad, a las consideraciones de los precedentes "Chocobar" (Fallos: 319:3241), "Bertone" (B.223.XXV, 15/07/1997), "Del Azar Suaya" (Fallos: 320:2039) y "Beitía" (B.386.XXVII, 31/10/1997), en tanto las cuestiones planteadas son sustancialmente análogas. Respecto del sistema de topes máximos, remite a lo resuelto por mayoría y votos concurrentes en esas causas.

Normas que cita

  • Ley 24.241Sistema integrado de jubilaciones y pensiones

Fallos que cita

  • ChocobarCSJN · Fallos 319:3241
  • Del Azar SuayaCSJN · Fallos 320:2039
  • Bertone, Rogelio Héctor c/ Caja Nacional de Previsión para el Personal del Estado y Servicios PúblicosCSJN · 15/07/1997
  • Beitía, Paulina Araceli c/ Caja Nacional de Previsión de la Industria, Comercio y Actividades Civiles s/ reajustes por movilidadCSJN · 31/10/1997

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