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Corte Suprema

FROIO MARIA ESTHER c/ PEN LEY 25561 DTO 1570/01 214/02 s/AMPARO LEY 16986

Los depositantes en dólares de un banco promovieron amparos contra el Estado Nacional por la pesificación dispuesta por la Ley 25.561 y sus decretos reglamentarios. La Corte Suprema dejó sin efecto las sentencias apeladas y reconoció a los actores el derecho a recuperar sus depósitos con el ajuste por CER, intereses del 4% anual no capitalizable y descuento de los pagos ya recibidos.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
F. 384. XLI. REX
Pesificacion Depositos en dolares Ley 25.561 Decreto 1570/01 Decreto 214/02 Cer Amparo colectivo Recurso extraordinario Restitucion de depositos Intereses 4% anual

¿Quién es el actor?

Froio, María Esther, y demás actores agrupados en la presente causa colectiva de amparos.

¿A quién se demanda?

Poder Ejecutivo Nacional y, en cada caso, la entidad bancaria depositaria.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Reclamo de restitución de depósitos bancarios constituidos en dólares estadounidenses, convertidos a pesos por aplicación de la Ley 25.561 y de los decretos 1570/01 y 214/02.

¿Qué se resolvió?

Por remisión a la causa "Massa, Juan Agustín c/ Poder Ejecutivo Nacional", se declararon procedentes los recursos extraordinarios y se dejaron sin efecto las sentencias apeladas. Se reconoció el derecho de los actores a obtener de la entidad bancaria el reintegro de su depósito convertido a $1,40 por dólar, ajustado por CER hasta el pago, más intereses al 4% anual no capitalizable, computando como pagos a cuenta las sumas ya percibidas. Se excluyeron los supuestos en que la obligación se hubiera extinguido por canje por bonos del Estado o por aplicación de los fondos a fines específicos. Las costas de esta instancia se distribuyeron en el orden causado, y las de instancias anteriores se mantuvieron como las fijó el tribunal a quo.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

La sentencia remite en razón de brevedad a los fundamentos y conclusiones del precedente "Massa", dictado el 27 de diciembre de 2006, por tratarse de cuestiones sustancialmente análogas. Expresa que, por la excepcional situación suscitada en esta clase de causas, las actuaciones se devuelven directamente a los juzgados de primera instancia, y que el texto del precedente se encuentra publicado en la página web del Tribunal. El reconocimiento del derecho se efectúa con el límite pecuniario resultante de lo decidido por la cámara.

Normas que cita

Fallos que cita

  • Massa, Juan Agustín c/ Poder Ejecutivo NacionalCSJN · 27/12/2006

El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.

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