GIL PRELI ALICIA MONICA c/ BANCO BANSUD SA s/TOPE ART. 245 LCT
La Corte Suprema revocó la aplicación del tope del artículo 245 de la Ley de Contrato de Trabajo en el reclamo de una trabajadora bancaria, siguiendo el precedente Vizzoti. Desestimó la queja por arbitrariedad y dispuso que el tribunal de origen dicte nuevo fallo, distribuyendo las costas por su orden.
¿Quién es el actor?
Alicia Mónica Gil Preli.
¿A quién se demanda?
Banco Bansud S.A.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
indemnización especial por despido por matrimonio (art. 182 LCT, rechazada en las instancias anteriores) y tope indemnizatorio del art. 245 LCT (declarado inconstitucional por la Cámara).
¿Qué se resolvió?
la Corte revoca la sentencia apelada en cuanto a la aplicación del tope del art. 245 LCT, ordena dictar nuevo fallo, y reparte las costas por su orden. Desestima el recurso de la actora por arbitrariedad.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"Esta Corte comparte el dictamen del señor Procurador Fiscal" en lo atinente a la indemnización especial por despido por matrimonio. "Por lo demás, las circunstancias del caso son sustancialmente análogas a las consideradas en Fallos: 327:3677 ('Vizzoti'), a cuyos fundamentos y conclusiones, en lo pertinente, corresponde remitir en razón de brevedad." "Resulta inoficioso el tratamiento de los agravios relativos a la imposición de costas en los aspectos que han sido revocados por el presente pronunciamiento."
¿Cómo votaron los jueces?
el Dr. Lorenzetti votó por declarar procedentes la queja y el recurso extraordinario, dejando sin efecto la sentencia recurrida "con costas", en disidencia parcial. Su voto no prevaleció en cuanto a la imposición de costas, que la mayoría distribuyó por su orden.
Ver el fallo completo
Dejá tu email y te mostramos la sentencia completa.
Normas que cita
- Ley 20.774arts. 181, 182
- Ley 25.561art. 16 · Emergencia publica y reforma del regimen cambiario
- Ley 23.561
- CPCCNarts. 280, 68 · Codigo procesal civil y comercial de la nacion
- Ley 20.744
Fallos que cita
- VizzotiCSJN · 14/08/2004 · Fallos 327:3677
El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.
Encontrá la jurisprudencia para tu caso
Buscá en los fallos de JurisprudenciaARG por tema, tribunal y fecha. Creá tu cuenta para empezar.