LABORATORIO ARMSTRONG S.A.C.I.F. Y BAVA ADRIANA MONICA ESTER c/ s/INFRACCION LE 16463 -CAUSA N° 1110/02/3231-
La Corte Suprema confirmó la sanción de multa impuesta a la directora técnica de un laboratorio por publicitar un medicamento de venta bajo receta, al considerar que esa conducta infringe la resolución 1622/84 y el art. 19, inc. d, de la ley 16.463. El tribunal desestimó además los agravios sobre falta de participación y factor subjetivo por remitir a cuestiones de hecho y prueba.
¿Quién es el actor?
Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT), que impuso la sanción.
¿A quién se demanda?
Laboratorio Armstrong S.A.C.I.F. y Adriana Mónica Ester Bava, en su carácter de directora técnica.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Sanciones de cuatro mil pesos al laboratorio y de dos mil pesos a la directora técnica, por infracción al art. 19, inc. d, de la ley 16.463 (disposición 456/02).
¿Qué se resolvió?
Por mayoría, la Corte hizo lugar a la queja y al recurso extraordinario, y confirmó el pronunciamiento apelado que había confirmado la sanción. El ministro Zaffaroni votó en disidencia, adhiriendo al dictamen del Procurador Fiscal, y propuso dejar sin efecto la sentencia apelada y devolver los autos al tribunal de origen.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
> "Esta Corte señaló que los anuncios de publicidad de productos calificados de 'venta bajo receta' configuran una transgresión al régimen de la resolución 1622/84, toda vez que en su art. 2° se repite la prohibición de darlos a publicidad contemplada en el art. 19, inc. d, de la ley 16.463 (Fallos: 324:3940 y 328:2640). En razón de ello, cabe descartar que en el caso se hubiera interpretado de modo extensivo la prohibición contemplada en la resolución, o bien, que se hubiese violado el principio de legalidad, pues la conducta imputada resultaba pasible de sanción de acuerdo con las disposiciones de la resolución 1622/84."
> "Los agravios referentes a la falta de participación en el hecho alegado y a la inexistencia de factor subjetivo de atribución deben ser desestimados pues remiten al examen de cuestiones de hecho y prueba (art. 280 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación)."
¿Cómo votaron los jueces?
adhiere a los fundamentos del dictamen del Procurador Fiscal, que no se transcriben en el fallo, y propone dejar sin efecto la sentencia apelada.
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Normas que cita
Fallos que cita
- Laboratorio Armstrong S.A.C.I.F.CSJN · Fallos 324:3940
- Laboratorio Armstrong S.A.C.I.F.CSJN · Fallos 328:2640
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