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Corte Suprema

LAGO STELLA MARIS Y OTROS c/ P.E.N. s/AMPARO

La Corte Suprema resolvió, en un conjunto de amparos promovidos por ahorristas contra el Poder Ejecutivo Nacional y entidades bancarias, que los depositantes tienen derecho al reintegro de sus depósitos en dólares convertidos a pesos a razón de $1,40 por dólar, ajustados por CER e intereses del 4% anual. La decisión deja sin efecto las sentencias apeladas, remite a los fundamentos del precedente Massa y distribuye las costas de esta instancia en el orden causado.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
L. 1284. XLII. REX
Pesificacion Depositos bancarios en dolares Decreto 1570/01 Ley 25.561 Amparo Cer Intereses Reintegro de depositos Recurso extraordinario Derecho de propiedad

¿Quién es el actor?

Ahorristas agrupados en una extensa nómina de causas acumuladas (entre ellos, Lago Stella Maris y otros; Adur Ana Nélida; Accardi Oscar Roberto; Brichetto Luis; entre otros).

¿A quién se demanda?

Estado Nacional (Poder Ejecutivo Nacional) y entidades bancarias depositarias.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Reintegro de depósitos bancarios en dólares estadounidenses que fueron convertidos a pesos por aplicación del Decreto 1570/01, la Ley 25.561 y el Decreto 214/02 ("pesificación"), y que los actores no pudieron recuperar en su totalidad.

¿Qué se resolvió?

Se declararon procedentes los recursos extraordinarios y se dejaron sin efecto las sentencias apeladas. Se reconoció el derecho de los actores a obtener de la entidad bancaria el reintegro del depósito convertido a pesos a $1,40 por dólar, ajustado por CER hasta el pago, más intereses al 4% anual no capitalizable. Se computan como pagos a cuenta las sumas abonadas durante el pleito y las entregadas por medidas cautelares. Ese derecho tiene como límite lo decidido por la cámara y se excluyen los supuestos en que la obligación se extinguió por canje por bonos del Estado o por aplicación de los fondos a fines específicos (cancelación de deudas con el sistema financiero, adquisición de inmuebles o automóviles). Costas de esta instancia en el orden causado; las de las instancias anteriores se mantienen como fueron resueltas.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

La Corte remite, por brevedad, a los fundamentos y conclusiones del precedente "Massa, Juan Agustín c/ P.E.N. s/ amparo ley 16.986" (sentencia del 27/12/2006), y al voto del juez Fayt en "Piriz, María Marcela c/ P.E.N." (06/03/2007). Por la excepcional situación suscitada en esta clase de causas, se ordena devolver las actuaciones directamente a los juzgados de primera instancia y se publica el texto del precedente en la página web del Tribunal para su conocimiento. No se transcriben fundamentos adicionales en la sentencia.

Normas que cita

Fallos que cita

  • Massa, Juan Agustín c/ P.E.N. s/ amparo ley 16.986CSJN · 27/12/2006

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