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Corte Suprema

BANCO MERCURIO S.A. c/ VALICENTI SILVIA BEATRIZ s/SUMARISIMO

La Corte Suprema declaró procedente el recurso extraordinario interpuesto por la demandada en el juicio sumarísimo promovido por Banco Mercurio S.A. por cobro de saldo de tarjeta de crédito, y dejó sin efecto la decisión apelada, ordenando que se dicte un nuevo pronunciamiento. La ministra Argibay votó en disidencia por declarar la nulidad del auto que concedió el recurso.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
B. 724. XLI. REX
Recurso extraordinario Admisibilidad Concesion del recurso Art. 257 cpccn Revocatoria in extremis Tarjeta de credito Juicio sumarisimo Saldo deudor Nulidad de auto Fundamentos suficientes.

¿Quién es el actor?

Banco Mercurio S.A.

¿A quién se demanda?

Silvia Beatriz Valicenti

¿Cuál es el objeto del reclamo?

cobro de la suma de $ 2.786,80 en concepto de saldo deudor resultante del uso de una tarjeta de crédito emitida a favor de la demandada.

¿Qué se resolvió?

la mayoría de la Corte declaró procedente el recurso extraordinario y dejó sin efecto la sentencia de primera instancia que, al hacer lugar al recurso de revocatoria, había admitido la demanda. Las actuaciones se devuelven al tribunal de origen para que dicte un nuevo pronunciamiento. Con costas.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

la mayoría expresa que "esta Corte comparte y hace suyos los fundamentos y conclusiones expuestos en el dictamen de la señora Procuradora Fiscal subrogante, a los que cabe remitir en razón de brevedad". El dictamen no se encuentra transcripto en el fallo.

¿Cómo votaron los jueces?

sostiene que la jueza de grado concedió el recurso extraordinario con la fórmula "En los términos del art. 257 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación, se concede el recurso extraordinario interpuesto...", y que la Corte ha establecido que el tribunal de origen debe resolver circunstanciadamente si la apelación federal, prima facie valorada, cuenta respecto de cada agravio con fundamentos suficientes (Fallos: 310:2306; 311:1988; 314:1029, 1081, entre otros). Por ello propone declarar la nulidad del auto de fs. 167 y devolver los autos para que se dicte una nueva resolución sobre ese punto. Este criterio quedó en minoría.

Normas que cita

  • CPCCNart. 257 · Codigo procesal civil y comercial de la nacion

Fallos que cita

  • Fallos 310:2306CSJN
  • Fallos 311:1988CSJN
  • Fallos 314:1029CSJN

El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.

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