NAVIA VIDAL RUPERTO c/ PODER EJECUTIVO NACIONAL - ESTADO NACIONAL s/AMPARO
La Corte Suprema declaró procedentes los recursos extraordinarios en causas de amparo contra el Estado por la pesificación de depósitos bancarios en dólares y dejó sin efecto las sentencias apeladas. Reconoció a los actores el derecho a obtener el reintegro de sus depósitos a $1,40 por dólar, ajustados por CER más intereses del 4% anual, con exclusiones y sin imposición de costas en esta instancia.
¿Quién es el actor?
Ruperto Navia Vidal y los restantes actores de la causa acumulada (titulares de depósitos bancarios en dólares).
¿A quién se demanda?
Poder Ejecutivo Nacional y Estado Nacional; en algunos expedientes, también entidades bancarias.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Reclamo de amparo contra la conversión a pesos de depósitos en dólares dispuesta por la Ley 25.561 y sus decretos reglamentarios 1570/01 y 214/02, y la restitución de los fondos en condiciones que no fueran confiscatorias.
¿Qué se resolvió?
La Corte remite a los fundamentos del precedente "Massa" (27/12/2006) y al voto del juez Fayt en "Píriz" (06/03/2007). Declara procedentes los recursos extraordinarios y deja sin efecto las sentencias apeladas. Reconoce el derecho de los actores al reintegro del depósito a $1,40 por dólar, ajustado por CER, con intereses al 4% anual no capitalizable, descontando pagos recibidos y sumas entregadas por medidas cautelares. El reconocimiento queda limitado por lo decidido por la cámara y excluye los casos en que la obligación se extinguió por canje por bonos o por aplicación del importe a fines específicos (cancelación de deudas, compra de inmuebles o automotores). Costas de esta instancia en el orden causado; costas de instancias anteriores, sin modificar.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
El fallo es breve y se apoya por remisión en los fundamentos del precedente "Massa", según el cual la pesificación de depósitos en moneda extranjera, sin una compensación adecuada, afecta la propiedad protegida por el art. 17 de la Constitución Nacional. Textualmente: "Las cuestiones planteadas son sustancialmente análogas a las tratadas y resueltas en la causa M.2771.XLI. 'Massa, Juan Agustín c/ Poder Ejecutivo Nacional - dto. 1570/01 y otro s/ amparo ley 16.986', sentencia del 27 de diciembre de 2006, a cuyos fundamentos y conclusiones corresponde remitir en razón de brevedad." Y: "El juez Fayt se remite asimismo a las consideraciones efectuadas en su voto emitido en la causa P.914.XLII 'Piriz, María Marcela c/ P.E.N. - ley 25.561 dtos. 1570/01, 214/02 s/ amparo ley 16.986', fallada el 6 de marzo de 2007." Se dispone además la devolución inmediata de las actuaciones a primera instancia, dada la excepcionalidad de la situación, y que cada juzgado notifique la sentencia.
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Normas que cita
- Ley 25.561Emergencia publica y reforma del regimen cambiario
- Decreto 1570/01
- Decreto 214/02
- Ley 16.986Amparo
- CPCCNart. 68 · Codigo procesal civil y comercial de la nacion
- Constitución Nacionalart. 17
Fallos que cita
- Massa, Juan Agustín c/ Poder Ejecutivo NacionalCSJN · 27/12/2006
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