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Corte Suprema

SOLANAS SALVADOR c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS

La Corte Suprema resolvió el reajuste previsional del actor en el caso Solanas, haciendo lugar a su recurso ordinario y admitiendo parcialmente el de la ANSeS. Confirmó la sentencia apelada según el precedente Spitale en materia de tasa de interés y adecuó el plazo de cumplimiento al art. 21 de la ley 26.153.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
S. 1359. XL. ROR
Reajuste previsional Tasa de interes Ley 26.153 Plazo de cumplimiento Recurso extraordinario Anses Spitale Sanchez Andino Cortinaz

¿Quién es el actor?

Salvador Solanas.

¿A quién se demanda?

Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSeS).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

reajustes previsionales varios.

¿Qué se resolvió?

se declaró procedente el recurso del actor y parcialmente procedente el de la ANSeS; se rechazó el planteo de fs. 143/144 vta.; se confirmó la sentencia apelada según lo resuelto en "Spitale" y se ordenó cumplir lo dispuesto en el plazo del art. 21 de la ley 26.153.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"los agravios de las partes vinculados con la tasa de interés aplicable encuentran adecuada respuesta en Fallos: 327:3721 ('Spitale'), al que cabe remitir por razón de brevedad."

"los planteos del organismo previsional relacionados con el plazo de cumplimiento de la sentencia han devenido abstractos ya que dicho aspecto ha sido modificado por la ley 26.153. En consecuencia, corresponde adecuar el término ordenado a lo dispuesto por el art. 21 de la citada ley."

"los agravios de la demandada relacionados con los arts. 16 y 17 de la ley 24.463 y con el art. 82 de la ley 18.037 no guardan relación con lo resuelto, por lo que deben ser desestimados."

"los restantes agravios del organismo previsional no se refieren a aspectos específicos de la sentencia cuestionada por lo que carecen del requisito de fundamentación."

"el planteo formulado por el titular (fs. 143/144 vta.) con posterioridad al vencimiento de los plazos y tendiente a que se aplique el precedente de Fallos: 328:1602 y 2833 ('Sánchez'), remite al examen de cuestiones sustancialmente análogas a las examinadas por esta Corte en el precedente publicado en Fallos: 328:3041 ('Andino') y en la causa C.617.XLI. 'Cortiñaz, Susana Emilia c/ ANSeS s/ reajustes varios', fallada el 9 de agosto de 2005, cuyos fundamentos se dan por reproducidos."

Normas que cita

  • Ley 26.153art. 21 · Solidaridad previsional
  • Ley 24.463arts. 16, 17 · Solidaridad previsional
  • Ley 18.037art. 82 · Nuevo regimen de jubilaciones y pensiones

Fallos que cita

  • SpitaleCSJN · Fallos 327:3721
  • SánchezCSJN · Fallos 328:1602
  • AndinoCSJN · Fallos 328:3041
  • CortiñazCSJN · 09/08/2005

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