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Corte Suprema

PALACIOS RICARDO c/ ENCOTEL s/COBRO DE TRIENIOS

El actor promovió demanda contra el Estado Nacional (E.N.Co.Tel.) para el cobro de trienios. La Corte Suprema declaró improcedente el recurso extraordinario del actor, admitió el de la demandada y dejó sin efecto la sentencia apelada, ordenando dictar un nuevo fallo por remisión a la causa Giannini por tratarse de cuestiones sustancialmente análogas.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
P. 395. XXXV. REX
Cobro de trienios Recurso extraordinario Inadmisibilidad Art. 280 cpccn Remision a precedente Estado nacional Empleo publico E.n.co.tel. Deuda consolidada Sentencia dejada sin efecto.

¿Quién es el actor?

Ricardo Palacios.

¿A quién se demanda?

Estado Nacional (E.N.Co.Tel.).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

cobro de trienios.

¿Qué se resolvió?

la Corte declaró inadmisible (art. 280 CPCCN) el recurso extraordinario del actor y procedente el de la demandada, dejando sin efecto la sentencia apelada con costas y devolviendo los autos al tribunal de origen para que dicte un nuevo pronunciamiento conforme a lo expresado.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Que el recurso extraordinario interpuesto por la actora es inadmisible (art. 280 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación)."

"Que, por el contrario, las cuestiones traídas a conocimiento de este Tribunal por la demandada, son sustancialmente análogas a las debatidas y resueltas por esta Corte en la causa G.309.XXXIV 'Giannini, José D. c/ E.N.Co.Tel. s/ inc. de cobro de deuda consolidada', sentencia dictada el 7 de diciembre de 1999, a cuyas conclusiones cabe remitir por razones de brevedad."

Normas que cita

Fallos que cita

  • Giannini, José D. c/ E.N.Co.Tel. s/ inc. de cobro de deuda consolidadaCSJN · 07/12/1999

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