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Corte Suprema

GIMENEZ DANIEL HUGO c/ MINISTERIO DEL INTERIOR s/ART. 3° LEY 24.043

La Corte Suprema declaró procedente el recurso extraordinario deducido contra la sentencia que rechazaba el reclamo indemnizatorio fundado en el art. 3° de la ley 24.043, remitiendo a los fundamentos de la causa Arcuri. Confirmó la sentencia apelada en el marco de esa remisión.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
G. 517. XXXIV. REX
Recurso extraordinario Ley 24.043 Indemnizacion Privacion de libertad Ministerio del interior Remision a precedente Sustancial analogia Arcuri Dictadura militar Reparacion

¿Quién es el actor?

Daniel Hugo Giménez.

¿A quién se demanda?

Ministerio del Interior de la Nación.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

reparación prevista en el art. 3° de la ley 24.043, que establece un régimen indemnizatorio para personas privadas de su libertad por causas vinculadas a la última dictadura militar y que luego fueron sobreseídas o absueltas.

¿Qué se resolvió?

se declaró procedente el recurso extraordinario y se confirmó la sentencia apelada, con costas. La Corte resolvió remitir, por brevedad, a los fundamentos y conclusiones de la causa "Arcuri, Gabriel Alejandro c/ M° del Interior - art. 3 ley 24.043", fallada en la misma fecha, por tratarse de cuestiones sustancialmente análogas.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

el fallo no contiene fundamentación autónoma. Su argumentación se encuentra íntegramente en la remisión a la causa "Arcuri", cuyo contenido no integra el texto analizado. La remisión se funda expresamente en la "sustancial analogía" de las cuestiones debatidas y en razones de brevedad, y se acompaña del dictamen concordante del Procurador General. Cita textual: "...guardan sustancial analogía con las debatidas y resueltas en la causa A.172.XXXIV Arcuri, Gabriel Alejandro c/ M° del Interior - art. 3 ley 24.043, fallada en la fecha, a cuyos fundamentos y conclusiones, en lo pertinente, corresponde remitir en razón de brevedad."

No se registran votos en disidencia en el texto transcripto.

Normas que cita

Fallos que cita

  • Arcuri, Gabriel Alejandro c/ M° del Interior - art. 3 ley 24.043CSJN · 21/06/2000

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