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Corte Suprema

PERUZZETTO HUGO SANTIAGO c/ PEN LEY 25561 DTO 1570/01 214/02 s/AMPARO LEY 16986

Los ahorristas promovieron amparos contra el Estado Nacional por la conversión a pesos de sus depósitos en dólares dispuesta por la Ley 25.561 y sus decretos reglamentarios. La Corte Suprema declaró procedentes los recursos extraordinarios, dejó sin efecto las sentencias apeladas y reconoció el derecho de los actores a obtener el reintegro de sus depósitos a razón de $1,40 por dólar, ajustado por CER y con intereses del 4% anual.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
P. 1216. XLII. REX
Amparo Corralito financiero Conversion a pesos Depositos en dolares Ley 25.561 Emergencia economica Cer Intereses Restitucion de depositos Recurso extraordinario

¿Quién es el actor?

Hugo Santiago Peruzzetto y otros ahorristas, cuyos nombres figuran en la carátula acumulada (más de un centenar de causas).

¿A quién se demanda?

Poder Ejecutivo Nacional (Estado Nacional), en relación con la Ley 25.561 y los Decretos 1570/01 y 214/02, y en algunos casos entidades bancarias.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Reclamo de restitución de depósitos bancarios en dólares estadounidenses, cuya conversión compulsiva a pesos fue dispuesta por la normativa de emergencia.

¿Qué se resolvió?

La Corte declara procedentes los recursos extraordinarios y deja sin efecto las sentencias apeladas. Sin perjuicio de ello, reconoce el derecho de los actores a obtener de la entidad bancaria el reintegro de su depósito convertido a pesos a $1,40 por dólar, ajustado por CER hasta el pago, más intereses al 4% anual no capitalizable, con deducción de pagos a cuenta. Se excluyen los supuestos en que la obligación se hubiera extinguido por canje por bonos del Estado o aplicación del importe a fines específicos previstos normativamente. Las costas de esta instancia se distribuyen en el orden causado; las de instancias anteriores se mantienen como fueron resueltas. Se remite a los fundamentos del precedente "Massa, Juan Agustín c/ P.E.N." (CSJN, 27/12/2006).

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Que las cuestiones planteadas son sustancialmente análogas a las tratadas y resueltas en la causa M.2771.XLI. 'Massa, Juan Agustín c/ Poder Ejecutivo Nacional - dto. 1570/01 y otro s/ amparo ley 16.986', sentencia del 27 de diciembre de 2006, a cuyos fundamentos y conclusiones corresponde remitir en razón de brevedad."

"...en virtud de la excepcional situación suscitada en esta clase de causas, se mantiene lo dispuesto sobre el punto por el tribunal a quo."

"...encontrándose publicado el texto del precedente al que se remite en la página web del Tribunal (www.csjn.gov.ar), procédase sin más trámite a devolver las actuaciones directamente a los respectivos juzgados de primera instancia..."

Normas que cita

Fallos que cita

  • Massa, Juan Agustín c/ P.E.N.CSJN · 27/12/2006

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