JurisprudenciaARG
Corte Suprema

SANDAMIL DORA CRISTALINA c/ ANSES s/OTROS

La ANSeS interpuso recurso ordinario contra la sentencia de la Cámara Federal de la Seguridad Social que confirmó la declaración de inconstitucionalidad del artículo 34 bis, inciso 4, de la ley 24.241 en un reclamo de jubilación por edad avanzada. La Corte Suprema, por mayoría, declaró procedente el recurso y revocó la sentencia apelada, considerando que el memorial del organismo estaba suficientemente fundado y que sus planteos son análogos a los resueltos en los precedentes Fallos 323:3308, González y Bigot.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
S. 836. XL. ROR
Jubilacion por edad avanzada Articulo 34 bis inciso 4 ley 24.241 Inconstitucionalidad Recurso ordinario Memorial generico Desercion del recurso Precedentes analogos Seguridad social Anses Fallos 323:3308

¿Quién es el actor?

Dora Cristalina Sandamil.

¿A quién se demanda?

ANSeS (Administración Nacional de la Seguridad Social).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

jubilación por edad avanzada.

¿Qué se resolvió?

por mayoría (Lorenzetti, Highton de Nolasco, Petracchi y Maqueda), la Corte declaró procedente el recurso ordinario de la ANSeS y revocó la sentencia apelada con el alcance que surge de los precedentes citados. Fayt, Zaffaroni y Argibay votaron en disidencia, propiciando declarar desierto el recurso ordinario por insuficiencia de los agravios sobre el fondo.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Que aun cuando la alzada desestimó el memorial de agravios presentado por el organismo previsional, porque consideró que era genérico y no contenía una crítica concreta y razonada de los fundamentos de la sentencia de primera instancia, se advierte que esa presentación estaba suficientemente fundada y los planteos allí expresados, que fueron sostenidos en esta instancia, resultan ser cuestiones sustancialmente análogas a las resueltas por esta Corte en Fallos: 323:3308 (‘Magan de Arias’) y en las causas G.197.XXXVII. ‘González, Nilda Emma c/ ANSeS s/ jubilación y retiro por invalidez’ y B.2917.XXXVIII. ‘Bigot, Elda Eli c/ ANSeS s/ pensiones’, falladas el 3 de febrero de 2005 y el 29 de agosto de 2006, a las que cabe remitir por razones de brevedad."

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Que los agravios de la recurrente relacionados con el fondo del asunto carecen de fundamento, pues no se hacen cargo de que la cámara desestimó el remedio intentado ante esa instancia porque consideró que la ANSeS había presentado un escrito genérico, que no rebatía las consideraciones de hecho y de derecho expresadas por el juez de grado, aspecto que debió haber sido concretamente impugnado ante esta Corte y que no fue siquiera mencionado en el memorial, lo cual lleva a declarar la deserción del recurso ordinario."

Normas que cita

  • Ley 24.241arts. 34 bis, inciso 4 · Sistema integrado de jubilaciones y pensiones
  • Ley 24.463art. 19 · Solidaridad previsional

Fallos que cita

  • Magan de AriasCSJN · Fallos 323:3308
  • Bigot, Elda Eli c/ ANSeS s/ pensionesCSJN · 29/08/2006

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