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Corte Suprema

HEINZEN MARIA DEL CARMEN c/ P.E.N.-BCO DEL SUQUIA S.A. s/AMPARO LEY 16986 Y MEDIDA CAUTELAR

La Corte Suprema declaró procedentes los recursos extraordinarios interpuestos por los ahorristas contra sentencias que rechazaban sus amparos por la pesificación de depósitos bancarios, y dejó sin efecto esas decisiones. Reconoció el derecho de los actores a recuperar sus depósitos en dólares convertidos a $1,40 por dólar, ajustados por CER e intereses del 4% anual, por remisión a la causa Massa.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
H. 37. XLII. REX
Pesificacion Depositos en dolares Decreto 1570/01 Ley 25.561 Amparo Cer Ahorristas Reintegro de depositos Restitucion Sistema financiero

¿Quién es el actor?

Heinzen María del Carmen y otros amparistas (ahorristas titulares de depósitos en dólares en el sistema financiero), agrupados en numerosas causas acumuladas.

¿A quién se demanda?

Poder Ejecutivo Nacional y entidades bancarias depositarias (Banco del Suquía S.A. y otras).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Reintegro de depósitos en moneda extranjera convertidos a pesos por el Decreto 1570/01 y normas complementarias (Ley 25.561 y Decreto 214/02), cuestionando su constitucionalidad.

¿Qué se resolvió?

Se declararon procedentes los recursos extraordinarios y se dejaron sin efecto las sentencias apeladas. Se reconoció el derecho de los actores a obtener el reintegro de sus depósitos a $1,40 por dólar, ajustado por CER, más intereses del 4% anual no capitalizable, descontando los pagos realizados. Se excluyeron los casos en que el depósito se extinguió por canje por bonos o por aplicación a fines específicos. Costas de esta instancia en el orden causado y las de instancias anteriores según lo decidido por la cámara.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

La Corte remite en razón de brevedad a los fundamentos y conclusiones de la causa M.2771.XLI "Massa, Juan Agustín c/ Poder Ejecutivo Nacional - dto. 1570/01 y otro s/ amparo ley 16.986", sentencia del 27 de diciembre de 2006, por tratarse de cuestiones "sustancialmente análogas".

Se señala la "excepcional situación suscitada en esta clase de causas" como fundamento para el tratamiento procesal abreviado: devolución directa de las actuaciones a los juzgados de primera instancia, con publicación del precedente en la página web del Tribunal.

Los fallos de la instancia anterior no se revisan en su totalidad: el reconocimiento de derecho se da "con el límite pecuniario que resulta de lo decidido por la cámara".

Normas que cita

Fallos que cita

  • Massa, Juan Agustín c/ Poder Ejecutivo Nacional s/ amparo ley 16.986CSJN · 27/12/2006

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