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Corte Suprema

ELIZONDO ENGRACIA c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS

La Corte Suprema admitió el recurso de la ANSeS y tuvo por desistido el recurso de la actora en un reajuste jubilatorio. Confirmó lo resuelto sobre intereses conforme el precedente Spitale y modificó el plazo de cumplimiento según la ley 26.153.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
E. 175. XXXVIII. ROR
Reajuste jubilatorio Haber previsional Tasa pasiva de interes Intereses Precedente spitale Ley 24.463 Ley 26.153 Plazo de cumplimiento Desistimiento Recurso ordinario de apelacion

¿Quién es el actor?

Engracia Elizondo.

¿A quién se demanda?

Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSeS).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

reajustes varios del haber jubilatorio.

¿Qué se resolvió?

se declaró procedente el recurso de la ANSeS, se tuvo por desistido el recurso de la parte actora, se confirmó lo resuelto en cuanto a intereses y se modificó el plazo de cumplimiento de la sentencia conforme la ley 26.153.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Las objeciones planteadas por la demandada relacionadas con la tasa pasiva de interés encuentran adecuada respuesta en el precedente de Fallos: 327:3721 (Spitale), al que cabe remitir por razones de brevedad."

"Las impugnaciones de la ANSeS vinculadas con el art. 23 de la ley 24.463, han devenido abstractas pues el citado artículo ha sido derogado por la ley 26.153. En virtud de la entrada en vigencia de la última norma mencionada, el cumplimiento de esta sentencia deberá efectuarse en el plazo allí previsto (conf. art. 2)."

Se desistió el recurso de la actora en atención a lo expresado a fs. 129.

Normas que cita

Fallos que cita

  • SpitaleCSJN · Fallos 327:3721

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