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Corte Suprema

TELLECHEA SILVIA VDA. DE VILA c/ LOTERIA NACIONAL s/INDEM. POR FALLECIMIENTO

La actora reclamó el subsidio por fallecimiento de su esposo, ex agente de Lotería Nacional S.E., previsto en el reglamento del régimen de Cajas de Empleados. La Corte Suprema dejó sin efecto la sentencia que había excluido ese crédito del régimen de consolidación del pasivo estatal, por entender que Lotería Nacional está comprendida en la ley 23.982 y no fue excluida por la ley 25.344, y devolvió la causa para un nuevo pronunciamiento.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
T. 542. XLII. REX
Consolidacion del pasivo estatal Ley 23.982 Ley 25.344 Loteria nacional s.e. Subsidio por fallecimiento Regimen de cajas de empleados Sociedad del estado Recurso extraordinario Inaplicabilidad de leyes Indemnizacion.

¿Quién es el actor?

Silvia L. Vda. de Vila, por derecho propio y en representación de sus hijos menores.

¿A quién se demanda?

Lotería Nacional Sociedad del Estado.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

reconocimiento del subsidio por fallecimiento del esposo de la actora, ex agente de la entidad, conforme al art. 14 del Reglamento del Régimen de Cajas de Empleados (decreto 864/68).

¿Qué se resolvió?

la Corte declaró procedente el recurso extraordinario, dejó sin efecto la sentencia apelada y ordenó que el tribunal de origen dicte un nuevo pronunciamiento. Con costas.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

Cámara Federal de Apelaciones de Mar del Plata: confirmó la condena y declaró inaplicables las leyes 23.982 y 25.344. Sostuvo que "...la demandada no encuadra en las previsiones del art. 2 de la ley 23.982 ya que no posee participación del Estado Nacional en su estructura económica, ni tampoco requiere fondos del Presupuesto Nacional para su desenvolvimiento funcional"; y que "...el espíritu e inteligencia de las leyes 23.982 y 25.344 no guardan relación con el presente caso...".

La Corte señaló que su jurisdicción quedó habilitada "únicamente para examinar la cuestión referente a la exclusión del crédito reconocido a la parte actora del régimen de consolidación del pasivo estatal".

Fundamento central: "...por un lado, Lotería Nacional se encuentra incluida en la enumeración contenida en el art. 2° de la ley 23.982, al que remite la ley 25.344, en tanto por virtud del decreto 598/90 dicha entidad fue transformada en una sociedad del Estado, y, por otro, de que aquélla no se encuentra contemplada entre los organismos que la ley 25.344 excluye de la consolidación".

La Corte remitió, en este punto, a lo sostenido en la causa "Gulle Rubén Abel" (Fallos: 329:1040).

Normas que cita

  • Decreto 864art. 14
  • Ley 23.982arts. 2, 6 · Deuda publica
  • Ley 25.344art. 13 · Emergencia economica-financiera
  • Decreto 598
  • Ley 20.705arts. 1, 6 · Sociedades del estado
  • Decreto 689
  • Ley 24.156Administracion financiera y sistemas de control
  • Ley 24.624art. 21 · Presupuesto general de la adm. nacional 1996
  • Ley 25.827Presupuesto general de la administracion nacional

Fallos que cita

  • Gulle, Rubén AbelCSJN · Fallos 329:1040

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