BERNARDEZ RICARDO c/ CALVIÑO DE PINAL AURORA s/DAÑOS Y PERJUICIOS
La Corte Suprema declaró formalmente admisible el recurso extraordinario en una queja por denegación del recurso extraordinario federal y dejó sin efecto la decisión apelada, ordenando dictar un nuevo fallo. Por mayoría, el tribunal dispuso remitir los autos al tribunal de origen, con costas.
Actor/Quejoso: Ricardo Bernárdez.
¿A quién se demanda?
Aurora Calviño de Pinal.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Recurso de hecho interpuesto por la actora contra la resolución que denegó el recurso extraordinario federal.
¿Qué se resolvió?
Por mayoría, la Corte declaró formalmente admisible el recurso extraordinario, dejó sin efecto la decisión apelada y devolvió los autos al tribunal de origen para que dicte un nuevo fallo conforme a lo expresado. Impuso las costas por el orden causado en los términos del art. 68 del CPCCN.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
Los agravios del apelante "han sido objeto de adecuado tratamiento en el dictamen del señor Procurador Fiscal, cuyos fundamentos esta Corte comparte y a los cuales se remite brevitatis causa." La mayoría adhirió al dictamen del Procurador Fiscal.
¿Cómo votaron los jueces?
Los Ministros Boggiano y Vázquez consideraron que el recurso extraordinario era inadmisible (art. 280 del CPCCN) y habrían desestimado la queja.
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Normas que cita
- CPCCNarts. 68, 280 · Codigo procesal civil y comercial de la nacion
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