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Corte Suprema

PONCE JUAN CARLOS c/ CAJA NACIONAL DE PREVISION DE LA INDUSTRIA COMERCIO Y ACTIVIDADES CIVILES s/JUBILACION POR INVALIDEZ

La parte actora promovió demanda contra el INPS - Caja Nacional de Previsión de la Industria, Comercio y Actividades Civiles reclamando la jubilación por invalidez. La Corte Suprema revocó la sentencia que había confirmado la denegatoria, por cuanto la alzada no ponderó otras dolencias cardiológicas denunciadas y reconoció el derecho al beneficio, resolviendo la duda a favor del titular por el carácter alimentario de la prestación.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
P. 306. XXXII. ROR
Jubilacion por invalidez Incapacidad previsional Prueba pericial medica Fiebre reumatica Secuelas cardiologicas Duda a favor del beneficiario Caracter alimentario Art. 43 ley 18.037 Caja nacional de prevision Seguridad social.

¿Quién es el actor?

Juan Carlos Ponce (fallecido durante el proceso; continúa la acción su viuda, apelante).

¿A quién se demanda?

INPS - Caja Nacional de Previsión de la Industria, Comercio y Actividades Civiles.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

jubilación por invalidez (art. 43, ley 18.037).

¿Qué se resolvió?

se declaró procedente el recurso ordinario de apelación (art. 19, ley 24.463), se revocó la sentencia de la Sala I de la Cámara Federal de la Seguridad Social y se admitió el derecho del titular al beneficio previsional solicitado.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"los agravios son fundados pues el actor había indicado la posibilidad de hallarse afectado por secuelas cardiológicas de una fiebre reumática con apoyo en la constancia médica de fs. 17 (33/40 y 58/61), sin que la alzada haya ordenado la realización de los exámenes necesarios para comprobar tal extremo ni haya hecho referencia alguna a dicha afección en la sentencia apelada, que sólo consideró la dolencia artrósica padecida por el causante."

"los datos que surgen del resumen de la historia clínica (fs. 17), evaluados conjuntamente con el hecho de que el fallecimiento del actor se produjo sólo 9 meses después de la realización de los estudios que le asignaron una incapacidad a los fines previsionales del 40%... autoriza a concluir que existían otras enfermedades que no fueron advertidas en las revisaciones médicas y, en consecuencia, a reconocer que la minusvalía padecida por el de cujus resultaba mayor y llegó a ser completamente invalidante en algún momento no determinado."

"el margen de duda debe ser dirimido en favor de la recurrente dado el carácter alimentario de la prestación requerida y los derechos constitucionales en juego."

No hay votos en disidencia.

Normas que cita

  • Ley 24.463art. 19 · Solidaridad previsional
  • Ley 18.037art. 43 · Nuevo regimen de jubilaciones y pensiones

El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.

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