JurisprudenciaARG
Corte Suprema

BONAVERI HORACIO c/ PEN Y OTROS s/AMPARO

La Corte Suprema declaró procedentes los recursos extraordinarios y dejó sin efecto las sentencias apeladas en múltiples amparos contra el corralito bancario. Reconoció a los actores el derecho a obtener el reintegro de sus depósitos convertidos a pesos a $1,40 por dólar, ajustados por CER más intereses del 4% anual.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
B. 1328. XLII. REX
Corralito bancario Depositos en dolares Pesificacion Emergencia economica Ley 25.561 Decreto 1570/01 Decreto 214/02 Amparo colectivo Cer Reintegro de depositos

¿Quién es el actor?

Los titulares de depósitos bancarios en dólares, cuyos nombres figuran en la enumeración de causas acumuladas (entre ellos Bonaveri Horacio, Aldao María Antonia, Abiad Celia, entre otros).

¿A quién se demanda?

El Poder Ejecutivo Nacional y las entidades bancarias respectivas.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Amparos contra las normas de emergencia económica (Ley 25.561 y decretos 1570/01 y 214/02) que dispusieron la conversión a pesos de los depósitos en dólares, y la consecuente restricción a su libre disponibilidad.

¿Qué se resolvió?

Se declararon procedentes los recursos extraordinarios y se dejaron sin efecto las sentencias apeladas. Se declaró el derecho de los actores a obtener de la entidad bancaria el reintegro de su depósito convertido a pesos a la relación de $1,40 por dólar estadounidense, ajustado por CER hasta el momento del pago, más intereses al 4% anual no capitalizable. Los pagos a cuenta ya efectuados (incluidos los obtenidos por medidas cautelares) deben computarse. El derecho no se reconoce en los supuestos en que la obligación se hubiera extinguido por canje por bonos del Estado o por aplicación del importe a fines específicos previstos normativamente (cancelación de deudas con el sistema financiero, adquisición de inmuebles o automóviles). Las costas de esta instancia se distribuyen en el orden causado; las de instancias anteriores se mantienen tal como fueron resueltas.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

La Corte remite, por brevedad, a los fundamentos y conclusiones de la causa "Massa, Juan Agustín c/ Poder Ejecutivo Nacional" (sentencia del 27 de diciembre de 2006), y el juez Fayt se remite además a su voto en la causa "Piriz, María Marcela" (6 de marzo de 2007). Asimismo, aplica en lo pertinente el criterio de la causa "Kujarchuk, Pablo Felipe" (28 de agosto de 2007) para el cómputo de los pagos a cuenta.

Normas que cita

Fallos que cita

  • Massa, Juan Agustín c/ Poder Ejecutivo NacionalCSJN · 27/12/2006
  • Kujarchuk, Pablo Felipe c/ PENCSJN · 28/08/2007

El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.

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