JurisprudenciaARG
Corte Suprema

OROÑO RAUL VICENTE c/ PEN s/AMPARO

La Corte Suprema declaró procedentes los recursos extraordinarios en causas masivas de amparo por el corralito bancario, dejó sin efecto las sentencias apeladas y reconoció a los actores el derecho al reintegro de sus depósitos en dólares convertidos a pesos a $1,40 por dólar, ajustados por CER más intereses del 4% anual. La decisión remitió a los fundamentos del precedente Massa (2006) y a la causa Kujarchuk (2007), con límites para los casos en que el depósito se hubiera canjeado por bonos o aplicado a fines específicos.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
O. 35. XL. REX
Corralito Pesificacion Depositos bancarios en dolares Decreto 1570/01 Decreto 214/02 Amparo colectivo Cer Reintegro de depositos Recurso extraordinario Remision a precedente.

¿Quién es el actor?

Los distintos amparistas agrupados en la causa (Oroño Raúl Vicente y otros, más de un centenar de expedientes acumulados), titulares de depósitos bancarios en dólares.

¿A quién se demanda?

Poder Ejecutivo Nacional y la entidad bancaria correspondiente en cada caso.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Reintegro de depósitos bancarios en dólares, convertidos a pesos por aplicación del decreto 1570/01 y 214/02 (pesificación).

¿Qué se resolvió?

La Corte declaró procedentes los recursos extraordinarios y dejó sin efecto las sentencias apeladas. Reconoció a los actores el derecho a obtener de la entidad bancaria el reintegro del depósito convertido a $1,40 por dólar, ajustado por CER hasta el pago, con más intereses del 4% anual no capitalizable, descontando los pagos ya efectuados, incluidos los realizados en cumplimiento de medidas cautelares. Ese derecho tiene como límite el monto fijado por la cámara y excluye los casos en que la obligación se extinguió por canje por bonos del Estado o por aplicación del importe a fines específicos (cancelación de deudas con el sistema financiero, compra de inmuebles o automóviles). Las costas de esta instancia se impusieron en el orden causado; las de las instancias anteriores se mantuvieron como las fijó el a quo. Las actuaciones fueron devueltas directamente a primera instancia para la notificación.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Que las cuestiones planteadas son sustancialmente análogas a las tratadas y resueltas en la causa M.2771.XLI. 'Massa, Juan Agustín c/ Poder Ejecutivo Nacional - dto. 1570/01 y otro s/ amparo ley 16.986', sentencia del 27 de diciembre de 2006, a cuyos fundamentos y conclusiones corresponde remitir en razón de brevedad."

La Corte resolvió por remisión a Massa, por lo que los fundamentos sustantivos (validez de la pesificación con compensación en CER más intereses) están en ese precedente, no en esta sentencia.

La excepcionalidad de la situación justificó devolver las causas sin más trámite, dado que el texto del precedente se encontraba publicado en la página web del Tribunal.

Normas que cita

Fallos que cita

  • Massa, Juan Agustín c/ Poder Ejecutivo Nacional - dto. 1570/01 y otro s/ amparo ley 16.986CSJN · 27/12/2006
  • Kujarchuk, Pablo Felipe c/ PEN Ley 25.561 dtos. 1570/01 214/02 s/ amparo ley 16.986CSJN · 28/08/2007

El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.

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