BADAUI GUILLERMO MIGUEL c/ PODER EJECUTIVO NACIONAL s/AMPARO
Los ahorristas promovieron amparos contra el Estado Nacional y las entidades bancarias para obtener la devolución de sus depósitos en dólares convertidos a pesos tras la pesificación dispuesta por la Ley 25.561 y sus decretos reglamentarios. La Corte Suprema hizo lugar a los recursos extraordinarios, dejó sin efecto las sentencias apeladas y reconoció el derecho de los actores a recuperar sus depósitos a una relación de $1,40 por dólar, ajustada por CER más intereses del 4% anual.
¿Quién es el actor?
Guillermo Miguel Badaui y demás ahorristas acumulados en la misma resolución (más de 150 causas agrupadas).
¿A quién se demanda?
Poder Ejecutivo Nacional, Banco Central de la República Argentina y las entidades bancarias depositarias.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Reintegro de depósitos bancarios en dólares estadounidenses convertidos a pesos en virtud de la pesificación establecida por la Ley 25.561 y los decretos 1570/01 y 214/02.
¿Qué se resolvió?
La Corte declaró procedentes los recursos extraordinarios y dejó sin efecto las sentencias apeladas. Remitió a los fundamentos del precedente "Massa, Juan Agustín c/ Poder Ejecutivo Nacional" (CSJN, 27/12/2006) y reconoció a los actores el derecho a obtener de la entidad bancaria el reintegro del depósito a $1,40 por dólar, ajustado por CER hasta el pago, más intereses al 4% anual no capitalizable, computando como pagos a cuenta lo abonado durante el pleito y lo entregado por medidas cautelares. Se excluyen los casos en que la obligación se extinguió por canje por bonos del Estado o por aplicación del importe a fines específicos (cancelación de deudas financieras, adquisición de inmuebles o automotores). Costas de esta instancia en el orden causado; las anteriores, como fueron resueltas.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
La Corte remite, por brevedad, a los fundamentos y conclusiones del precedente "Massa" (27/12/2006), al considerar que las cuestiones planteadas son sustancialmente análogas. Se señala que, por la excepcional situación suscitada en esta clase de causas, el texto del precedente se encuentra publicado en la página web del Tribunal y que, en consecuencia, las actuaciones se devuelven sin más trámite a los juzgados de primera instancia para la notificación de la sentencia. Se cita expresamente la causa "Kujarchuk" (28/08/2007) en cuanto a la forma de computar los pagos a cuenta. Fallo unánime, sin votos en disidencia.
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Normas que cita
- Ley 25.561Emergencia publica y reforma del regimen cambiario
- Decreto 1570/01
- Decreto 214/02
- Ley 16.986Amparo
- Constitución Nacional
Fallos que cita
- Massa, Juan Agustín c/ Poder Ejecutivo NacionalCSJN · 27/12/2006
- Kujarchuk, Pablo Felipe c/ PEN Ley 25.561CSJN · 28/08/2007
El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.
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