COBER-MED S.A. Y OTROS c/ E.N. -PEN- M°E Y YSP - DTO. 1517/98 s/AMPARO LEY 16.986
La parte actora y la Administración Federal de Ingresos Públicos interpusieron recursos extraordinarios contra la decisión de la Cámara que había limitado la inconstitucionalidad del decreto 1517/98 a la alícuota general del IVA para empresas de medicina prepaga. La Corte Suprema declaró procedentes los recursos, remitiéndose a lo resuelto en la causa Famyl S.A., y modificó la sentencia admitiendo que subsistió la exención prevista en la ley 23.349.
¿Quién es el actor?
Cober-Med S.A. y otros.
¿A quién se demanda?
Estado Nacional (Poder Ejecutivo Nacional, Ministerio de Economía y Obras y Servicios Públicos), con intervención de la Administración Federal de Ingresos Públicos – Dirección General Impositiva.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
amparo para que se declare la invalidez del decreto 1517/98, que a juicio de la actora excedió las previsiones del art. 80 de la Constitución Nacional en materia de impuesto al valor agregado aplicable a empresas de medicina prepaga.
¿Qué se resolvió?
se declararon formalmente procedentes los recursos extraordinarios y se modificó la sentencia apelada en cuanto fue materia de agravios de la actora, en los términos del precedente "Famyl S.A.", con costas a la demandada vencida.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
La Corte señaló que "las cuestiones planteadas por las partes resultan sustancialmente análogas a las examinadas el 29 de agosto de 2000 en la causa F.289.XXXV. 'Famyl S.A. c/ Estado Nacional s/ acción de amparo' -votos de la mayoría y del juez Nazareno- a cuyos fundamentos corresponde remitirse -en lo pertinente- por razones de brevedad y que conducen, en el sub examine, a rechazar los agravios del Fisco Nacional y a admitir los expuestos por la actora, en cuanto aduce que, tras la ley 25.063, subsistió la exención de que gozaba según la ley 23.349."
Asimismo, el tribunal recordó que la Cámara había circunscripto la inconstitucionalidad del decreto 1517/98 a la alícuota general aplicable, aclarando que subsistía la alícuota reducida fijada en el proyecto de la ley 25.063 aprobado por el Congreso (considerando 1°), y que el recurso extraordinario fue concedido sólo respecto de la interpretación de normas federales, denegado en cuanto a gravedad institucional y arbitrariedad (considerando 2°).
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Normas que cita
- Decreto 1517
- Ley 23.349
- Ley 25.063Impuestos
- Constitución Nacionalart. 80
- Ley 25.344art. 6 · Emergencia economica-financiera
- Ley 16.986Amparo
Fallos que cita
- Famyl S.A. c/ Estado Nacional s/ acción de amparoCSJN · 29/08/2000
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