CHISTY DE BACAL CELIA c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS
La Corte Suprema declaró desierto el recurso ordinario de la ANSeS por no presentar el memorial exigido, y admitió el recurso de la actora. Revocó la sentencia de la Sala II de la Cámara Federal de la Seguridad Social y aplicó la movilidad jubilatoria con el alcance fijado en el precedente Sánchez.
Actor (demandante): Celia Chisty de Bacal.
¿A quién se demanda?
Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSeS).
¿Cuál es el objeto del reclamo?
reajustes varios del haber previsional, en particular la movilidad que corresponde en los períodos posteriores a la vigencia de la ley 23.928.
¿Qué se resolvió?
se declaró desierto el recurso ordinario deducido por la demandada; se declaró procedente el recurso del actor y se revocó la sentencia apelada, con el alcance que surge del precedente "Sánchez" (Fallos: 328:1602 y 2833).
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"los agravios de la demandante que se refieren a la movilidad que corresponde reconocer en los períodos posteriores a la vigencia de la ley 23.928, remiten al examen de cuestiones sustancialmente análogas a las resueltas por el Tribunal en el precedente de Fallos: 328:1602 y 2833 ('Sánchez') cuyos fundamentos y conclusiones se dan por reproducidos."
"no obstante haberse notificado al organismo previsional de la providencia que ordenaba poner los autos en secretaría a los fines del artículo 280, segundo párrafo, del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación, no presentó el memorial exigido por dicha norma."
Fundamento de la declaración de deserción: la falta de memorial de la demandada, pese a la notificación de la providencia del art. 280, segundo párrafo, CPCCN.
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Normas que cita
- Ley 23.928Convertibilidad del austral
- Ley 24.463art. 19 · Solidaridad previsional
- CPCCNart. 280 · Codigo procesal civil y comercial de la nacion
Fallos que cita
- SánchezCSJN · Fallos 328:1602
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