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Corte Suprema

S.A. LUPPI HERMANOS Y COMPAÑIA LIMITADA CURTIDURIA Y ANEXOS c/ MUNICIPALIDAD DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES Y OTRO s/EXPROPIACION INVERSA

La Corte Suprema hizo lugar a la queja, declaró procedente el recurso extraordinario y dejó sin efecto la sentencia apelada en lo que fue materia de agravio, ordenando dictar un nuevo fallo. El Presidente Nazareno votó en disidencia por desestimar la queja por inadmisibilidad del recurso extraordinario.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
S. 363. XXXV. RHE
Recurso de hecho Recurso extraordinario Queja Dictamen del procurador fiscal Remision a fundamentos Inadmisibilidad Art. 280 cpccn Costas Municipalidad de la ciudad de buenos aires Devolucion para nuevo fallo

¿Quién es el actor?

S.A. Luppi Hermanos y Compañía Limitada Curtiduría y Anexos.

¿A quién se demanda?

Municipalidad de la Ciudad de Buenos Aires.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Recurso de hecho deducido por José Clemente Venturini contra la denegación del recurso extraordinario. El expediente no permite determinar el objeto sustancial del reclamo.

¿Qué se resolvió?

Se hace lugar a la queja, se declara procedente el recurso extraordinario y se deja sin efecto la sentencia apelada en lo que fue materia de agravio, con costas, devolviendo los autos al tribunal de origen para que dicte un nuevo fallo.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Que esta Corte Suprema comparte los fundamentos y conclusiones del dictamen del señor Procurador Fiscal, a los que cabe remitirse en razón de brevedad."

¿Cómo votaron los jueces?

El Presidente Julio S. Nazareno, en disidencia, consideró que "el recurso extraordinario, cuya denegación origina la presente queja, es inadmisible (art. 280 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación)" y por ello desestimó la queja, declarando perdido el depósito.

Normas que cita

  • CPCCNarts. 68, 280 · Codigo procesal civil y comercial de la nacion

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