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Corte Suprema

MANSILLA DAVID c/ ANSES s/REAJUSTES POR MOVILIDAD

La Corte Suprema declaró desierto el recurso ordinario interpuesto por el actor en un reclamo por reajustes de movilidad jubilatoria posteriores a abril de 1995. Confirmó la sentencia de la Cámara Federal de la Seguridad Social, que había aplicado el art. 7, inc. 2°, de la ley 24.463, por considerar que los agravios eran meras discrepancias sin relación directa con los derechos constitucionales invocados.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
M. 653. XXXVI. ROR
Reajuste por movilidad Haber previsional Ley 24.463 Recurso ordinario desierto Agravios genericos Doctrina de la corte en reajustes Anses Confirmacion de sentencia Seguridad social Costas por su orden

¿Quién es el actor?

David Mansilla.

¿A quién se demanda?

Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSeS).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

reajustes por movilidad de su haber previsional.

¿Qué se resolvió?

se declaró desierto el recurso ordinario y se confirmó la sentencia apelada. Costas por su orden (art. 21 de la ley 24.463). Se ordenó comunicar a la Procuración del Tesoro a los fines del art. 6° de la ley 25.344.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Que la apelante plantea agravios que han sido examinados por la alzada y cuya solución concuerda con la doctrina del Tribunal en materia de reajustes, sin agregar nuevos argumentos que justifiquen un cambio de criterio."

"Además, objeta la aplicación de los arts. 7, inc. 2°, 16, 17, 21, 22 y 23 de la ley 24.463 con razones genéricas que no demuestran la relación directa e inmediata entre tales normas y los derechos constitucionales que se dicen vulnerados ni el daño alegado, por lo que resultan una mera discrepancia con el pronunciamiento impugnado."

"Por ello, se declara desierto el recurso ordinario y se confirma la sentencia apelada."

Normas que cita

  • Ley 24.463arts. 7, 16, 17, 21, 22, 23 · Solidaridad previsional
  • Ley 25.344art. 6 · Emergencia economica-financiera

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