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Corte Suprema

COLOMBRES HUGO c/ ESTADO NACIONAL s/ACCION MERAMENTE DECLARATIVA

El Estado Nacional, demandado en la causa, interpuso recurso de hecho ante la Corte Suprema contra la sentencia de primera instancia y el pronunciamiento de la Cámara Federal de Apelaciones de Tucumán. La Corte declaró formalmente admisible el recurso extraordinario y dispuso la suspensión de los efectos de las sentencias recurridas, sin pronunciarse sobre el fondo.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
C. 621. XLIII. RHE
Recurso de hecho Recurso extraordinario Cuestion federal Admisibilidad formal Suspension de efectos Estado nacional Colombres Tucuman Juzgado federal Camara federal de apelaciones.

¿Quién es el actor?

Hugo Colombres.

¿A quién se demanda?

Estado Nacional.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

no surge del texto de la resolución.

¿Qué se resolvió?

se declaró formalmente admisible el recurso extraordinario, se dispuso la suspensión de los efectos de la sentencia del Juzgado Federal N° 2 de Tucumán (14/12/2005) y del pronunciamiento de la Cámara Federal de Apelaciones de Tucumán (30/11/2006), y se ordenó reintegrar los depósitos de fs. 71 y 88 y solicitar los autos principales.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"atento a que los argumentos aducidos en el recurso extraordinario y mantenidos en esta presentación directa pueden, prima facie, involucrar cuestiones de orden federal, debe declararse admisible la queja y decretarse la suspensión del curso del proceso, sin que esto implique pronunciamiento sobre el fondo del recurso (Fallos: 295:658; 297:558; 308:249 y 317:1447, entre otros)."

Fallos que cita

  • Fallos 295:658CSJN
  • Fallos 297:558CSJN
  • Fallos 308:249CSJN
  • Fallos 317:1447CSJN

El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.

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