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Corte Suprema

STURLA DE RODRIGUEZ YOLANDA ADELA Y OTRO c/ OCAMPOS YOLANDA CARMEN s/EJECUCION HIPOTECARIA

La Corte Suprema admitió el recurso extraordinario de la ejecutada y revocó la decisión que había declarado inaplicable el régimen de refinanciación hipotecaria de la ley 26.167. Ordenó que el juez de primera instancia fije un plazo para que la deudora opte por cancelar el crédito conforme a ese régimen, rechazando a la vez el planteo de inconstitucionalidad de la actora.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
S. 12. XLII. RHE
Ley 26.167 Refinanciacion hipotecaria Vivienda familiar Ejecucion hipotecaria Recurso extraordinario Inconstitucionalidad Mutuo Comodato Interpretacion amplia de familia Costas

Actor/Ejecutante: Sturla de Rodríguez, Yolanda Adela y otro.

Demandado/Ejecutado: Ocampos, Yolanda Carmen (ejecutada y recurrente).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Ejecución hipotecaria de un mutuo; la acreedora cuestionó la aplicación de la ley 26.167 de refinanciación hipotecaria, alegando que no se cumplía el requisito de vivienda familiar.

¿Qué se resolvió?

Se declaró formalmente admisible el recurso extraordinario, se revocó la sentencia en cuanto declaró inaplicable el régimen de la ley 26.167, se rechazó el planteo de inaplicabilidad e inconstitucionalidad de la actora, y se dispuso que el juez fije plazo para que la deudora opte por la cancelación conforme a la ley. Costas de ejecución según art. 558 CPCCN; incidentales y de esta instancia en el orden causado.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Que no obsta a la solución adoptada el planteo de la actora vinculado con la inaplicabilidad de la ley 26.167 por no cumplir con el requisito de vivienda familiar, pues el mutuo fue declarado elegible por el agente fiduciario y de la escritura pública que lo instrumentó surge como domicilio real de la deudora el inmueble hipotecado (fs. 9)..."

"Que, por lo demás, el hecho de que el inmueble estuviese ocupado por el hijo de la ejecutada y su familia en carácter de comodatarios (...) no le hace perder su carácter de vivienda familiar, habida cuenta del sentido amplio que debe darse al término 'familia' y a la pauta interpretativa establecida en el art. 15 de la citada norma."

Remisión a la causa G.88.XLII "Grillo, Vicente c/ Sparano, Claudio Rafael" (3/7/2007), cuyos fundamentos se dan por reproducidos. La jueza Argibay se remite a su disidencia en dicha causa.

Normas que cita

  • Ley 26.167art. 15 · Emergencia publica
  • Ley 25.798Sistema de refinanciacion hipotecaria
  • CPCCNart. 558 · Codigo procesal civil y comercial de la nacion

Fallos que cita

  • Grillo, Vicente c/ Sparano, Claudio RafaelCSJN · 03/07/2007

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