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Corte Suprema

RUANI MIRTHA MARIA c/ ANSES s/JUBILACION POR INVALIDEZ

La Corte Suprema confirmó parcialmente la sentencia de la Cámara Federal de la Seguridad Social que había restituido el beneficio de jubilación por invalidez a la actora. Revocó, sin embargo, la declaración de inconstitucionalidad de los artículos 22 y 23 de la ley 24.463, por no resultar aplicables al caso.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
R. 413. XXXV. ROR
Jubilacion por invalidez Restitucion de beneficio Seguridad social Minusvalia Cuerpo medico forense Auditoria previsional Beneficio alimentario Inconstitucionalidad Ley 24.463 Control de constitucionalidad.

¿Quién es el actor?

Mirtha María Ruani.

¿A quién se demanda?

Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSeS).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

restitución del beneficio de jubilación por invalidez, revocado por la administración previsional tras una auditoría.

¿Qué se resolvió?

se declara admisible el recurso ordinario y, con el alcance indicado en los considerandos, se confirma parcialmente la sentencia de la cámara y se revoca la declaración de inconstitucionalidad de los arts. 22 y 23 de la ley 24.463. Costas por su orden.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Además de dicho informe, obra en autos el dictamen del perito oficial designado en primera instancia que, con sustento en el examen y los estudios médicos efectuados a la interesada, le adjudicó un alto porcentaje de minusvalía e informó que las afecciones padecidas eran invalidantes, le impedían realizar sus tareas habituales y existían a la fecha de la auditoría previsional en que se fundó la ANSeS para revocar el beneficio".

"...no expresa razones de índole científica que justifiquen apartarse de las conclusiones referidas, no resulta objetable el criterio asumido por los magistrados intervinientes en cuanto acogieron la pretensión de la actora dirigida a obtener la restitución del beneficio de naturaleza alimentaria, indebidamente revocado por la administración previsional".

"...ellos no resultan de aplicación en el presente caso de conformidad con la doctrina sentada en la causa A.53.XXXVI 'Alfonso, José María c/ ANSeS s/ restitución de beneficio' del 6 de febrero de 2001, por lo que la declaración de inconstitucionalidad de tales disposiciones carece de sustento y debe ser revocada".

Normas que cita

  • Ley 24.463arts. 16, 17, 22, 23 · Solidaridad previsional
  • Ley 25.344art. 6 · Emergencia economica-financiera

Fallos que cita

  • Alfonso, José María c/ ANSeS s/ restitución de beneficioCSJN · 06/02/2001

El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.

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