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Corte Suprema

ALDAO JUAN JOSE c/ BANCO NACION ARGENTINA s/MEDIDA AUTOSATIFACTIVA

Los ahorristas demandaron al Estado Nacional y al Banco de la Nación Argentina por la conversión a pesos de sus depósitos en dólares dispuesta por la pesificación de 2002. La Corte Suprema declaró procedentes los recursos extraordinarios, dejó sin efecto las sentencias apeladas y reconoció el derecho de los actores a recuperar sus depósitos a $1,40 por dólar, ajustados por CER más intereses del 4% anual.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
A. 402. XLIII. REX
Pesificacion Depositos en dolares Ley 25.561 Corralito Amparo Cer Intereses Restitucion de depositos Banco de la nacion argentina Medida autosatisfactiva.

¿Quién es el actor?

Juan José Aldao y otros ahorristas, en un conjunto de causas acumuladas.

¿A quién se demanda?

Estado Nacional (Poder Ejecutivo Nacional) y Banco de la Nación Argentina, entre otras entidades bancarias según cada causa.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Reintegro de depósitos bancarios en dólares estadounidenses, convertidos a pesos en virtud de la Ley 25.561 y decretos 1570/01 y 214/02, mediante amparos y medidas autosatisfactivas.

¿Qué se resolvió?

Remitiendo a los fundamentos de la causa "Massa" (CSJN, 27/12/2006) y al voto del juez Fayt en "Piriz", la Corte declaró procedentes los recursos extraordinarios y dejó sin efecto las sentencias apeladas. Reconoció el derecho de los actores a obtener el reintegro de su depósito convertido a $1,40 por dólar, ajustado por CER, más intereses del 4% anual no capitalizable, descontando pagos a cuenta según lo establecido en "Kujarchuk" (CSJN, 28/08/2007). Se excluyen los casos en que la obligación se extinguió por canje por bonos o aplicación a fines específicos. Las costas de esta instancia se distribuyen en el orden causado.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

El fallo se remite expresamente a los fundamentos y conclusiones de "Massa, Juan Agustín c/ Poder Ejecutivo Nacional s/ amparo ley 16.986" y a las consideraciones del voto del juez Fayt en "Piriz, María Marcela c/ P.E.N. s/ amparo" (6/03/2007), por tratarse de cuestiones sustancialmente análogas. Transcripción textual: "Que las cuestiones planteadas son sustancialmente análogas a las tratadas y resueltas en la causa M.2771.XLI. 'Massa, Juan Agustín c/ Poder Ejecutivo Nacional - dto. 1570/01 y otro s/ amparo ley 16.986', sentencia del 27 de diciembre de 2006, a cuyos fundamentos y conclusiones corresponde remitir en razón de brevedad." Y: "El juez Fayt se remite asimismo a las consideraciones efectuadas en su voto emitido en la causa P.914.XLII 'Piriz, María Marcela c/ P.E.N. - ley 25.561 dtos. 1570/01, 214/02 s/ amparo ley 16.986', fallada el 6 de marzo de 2007."

Normas que cita

Fallos que cita

  • Massa, Juan Agustín c/ Poder Ejecutivo NacionalCSJN · 27/12/2006
  • Kujarchuk, Pablo Felipe c/ PENCSJN · 28/08/2007

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