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Corte Suprema

SOLALIGUE HUGO ALBERTO c/ YPF Y OTRO Y OTRO s/PART. ACCION. OBRERO

La Corte Suprema hizo lugar a la queja interpuesta por el Estado Nacional y dejó sin efecto el auto que denegó el recurso extraordinario, por haberse omitido el trámite del art. 257 del CPCCN. Ordenó correr traslado de la apelación extraordinaria al tribunal de origen para que se pronuncie sobre su procedencia.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
S. 1684. XLII. RHE
Recurso de queja Recurso extraordinario Art. 257 cpccn Traslado de la apelacion extraordinaria Denegacion del recurso extraordinario Acordada 47/91 Deposito art. 286 cpccn Estado nacional Ministerio de economia Cuestion procesal.

¿Quién es el actor?

Hugo Alberto Solaligue.

¿A quién se demanda?

YPF y otro (el Estado Nacional - Ministerio de Economía de la Nación, recurrente en esta queja).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

DESCONOCIDO (el fallo no reproduce el objeto del reclamo principal).

¿Qué se resolvió?

Se dejó sin efecto el auto que denegó el recurso extraordinario, ordenando remitir las actuaciones al tribunal de origen para que corra traslado de la apelación extraordinaria conforme al art. 257, segundo párrafo, del CPCCN, y se resuelva oportunamente sobre su procedencia. Se eximió a la recurrente del depósito previsto en el art. 286 del CPCCN, cuyo pago quedó diferido según la acordada 47/91. Se ordenó agregar la queja al principal y devolver.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Que, según surge de las actuaciones principales, el recurso extraordinario fue denegado por el a quo sin haberse dado cumplimiento previamente al trámite establecido en el párrafo segundo del art. 257 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación." Por ello, la Corte deja sin efecto la denegatoria, por el incumplimiento de dicho trámite previo, sin pronunciarse sobre el fondo de la cuestión federal.

Normas que cita

  • CPCCNarts. 257, 286 · Codigo procesal civil y comercial de la nacion
  • Acordada 47/91

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