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Corte Suprema

ARAGON ANDRES EULOGIO c/ CAJA NACIONAL DE AHORRO Y SEGURO s/COBRO DE SEGURO

La Corte Suprema desestimó el recurso de revocatoria interpuesto por el Estado Nacional, que pretendía intervenir como tercero interesado en un juicio de cobro de seguro contra la Caja Nacional de Ahorro y Seguro. Declaró procedentes los recursos extraordinarios y confirmó las sentencias apeladas, por remisión al precedente Bodeman.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
A. 1605. XXXIX. REX
Cobro de seguro Caja nacional de ahorro y seguro Recurso de revocatoria Recurso extraordinario Tercero interesado Intervencion del estado nacional Art. 90 inc. 1? cpccn Improcedencia de revocatoria contra sentencias de la corte Precedente bodeman Confirmacion de sentencias apeladas.

¿Quién es el actor?

Andrés Eulogio Aragón, Raúl Saturnino Giménez y Eugenio Alfredo Tello (y otro), en los expedientes acumulados.

¿A quién se demanda?

Caja Nacional de Ahorro y Seguro (C.N.A.S.).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

cobro de seguro.

¿Qué se resolvió?

se desestimó la revocatoria interpuesta contra la resolución que rechazó la intervención del Estado Nacional como tercero interesado (art. 90 inc. 1° CPCCN); se declararon procedentes los recursos extraordinarios y se confirmaron las sentencias apeladas.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Esta Corte tiene decidido que sus sentencias definitivas o interlocutorias no son susceptibles de ser modificadas por el recurso de revocatoria (arts. 238 y 160 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación), ni por el de nulidad (Fallos: 310:1001; 311:1788, entre otros), salvo circunstancias excepcionales que no concurren en el caso."

"Las cuestiones traídas a conocimiento de esta Corte son sustancialmente análogas a las tratadas y resueltas en el expediente B.2307.XL. 'Bodeman, Félix c/ Caja Nacional de Ahorro y Seguro s/ cobro de seguro', fallada el 11 de julio pasado, a cuyos fundamentos y conclusiones corresponde remitirse en razón de brevedad."

Normas que cita

  • CPCCNarts. 90, 160, 238 · Codigo procesal civil y comercial de la nacion
  • Constitución Nacional

Fallos que cita

  • Bodeman, Félix c/ Caja Nacional de Ahorro y Seguro s/ cobro de seguroCSJN
  • Fallos 310:1001CSJN
  • Fallos 311:1788CSJN

El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.

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