JurisprudenciaARG
Corte Suprema

GRESORES GABRIELA c/ COLI CARLOS JOSE Y OTRO s/EJECUCION HIPOTECARIA

La Corte Suprema admitió el recurso extraordinario de los ejecutados en una ejecución hipotecaria en dólares y revocó el modo de cálculo del monto de la ejecución. Con fundamento en el principio del esfuerzo compartido y el art. 16 de la ley 48, convirtió el capital a pesos a razón de uno por dólar, más el 30% de la brecha cambiaria, con intereses del 7,5% anual.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
G. 1130. XLIII. REX
Ejecucion hipotecaria Moneda extranjera Ley 26.167 Pesificacion Esfuerzo compartido Emergencia economica Control de constitucionalidad Art. 16 ley 48 Intereses moratorios y punitorios Costas

Actor/ejecutante: Gabriela Gresores.

Demandados/ejecutados: Carlos José Coli e Isabel Elvira Almirón.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Ejecución hipotecaria de un crédito en moneda extranjera (dólares estadounidenses).

¿Qué se resolvió?

Se revoca el fallo apelado en cuanto al modo de calcular el monto de la ejecución. Se rechaza el planteo de inaplicabilidad de la ley 26.167 formulado por la actora y se condena a los demandados a pagar la suma resultante de convertir el capital a pesos a razón de $1 por dólar, más el 30% de la brecha con la cotización del mercado libre de cambio (tipo vendedor) del día del pago, con más intereses del 7,5% anual, moratorios y punitorios, desde la mora hasta el pago. Las costas de la ejecución se rigen por el art. 558 del CPCCN; las de los incidentes de constitucionalidad se imponen en el orden causado.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

Según el fallo, las cuestiones son sustancialmente análogas a las resueltas en la causa B.2087.XLII "Bezzi, Rubén Amleto y otro c/ Valentín Sixto Carlos y otro s/ ejecución hipotecaria - ejecutivo" (11/09/2007, votos concurrentes), cuyos fundamentos se dan por reproducidos por razón de brevedad. Se invoca el principio del esfuerzo compartido y, en uso de las atribuciones del art. 16, segundo párrafo, de la ley 48, la Corte fija la forma de cálculo de la condena. La jueza Argibay se remite a su disidencia en la causa citada. Se prescinde del dictamen del Procurador General por resultar inoficioso.

Normas que cita

  • Ley 26.167Emergencia publica
  • Ley 48art. 16 · Justicia nacional
  • CPCCNart. 558 · Codigo procesal civil y comercial de la nacion

Fallos que cita

  • Bezzi, Rubén Amleto y otro c/ Valentín Sixto Carlos y otro s/ ejecución hipotecaria - ejecutivoCSJN · 11/09/2007

Más jurisprudencia sobre

El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.

Encontrá la jurisprudencia para tu caso

Buscá en los fallos de JurisprudenciaARG por tema, tribunal y fecha. Creá tu cuenta para empezar.