CINGOLANI ROBERTO EDUARDO Y OTROS c/ FERROCARRILES METROPOLITANOS S.A. Y OTRO s/DIFERENCIAS SLARIAL
La Corte Suprema hizo lugar a la queja interpuesta por el Banco de la Ciudad de Buenos Aires y declaró formalmente procedente el recurso extraordinario. Confirmó la sentencia de la Cámara por remisión a la doctrina del precedente AEMM S.R.L. c/ TIA S.A., sin pronunciarse sobre el carácter judicial del depósito, que quedó fijado por la cámara con base en las circunstancias fácticas de la causa.
¿Quién es el actor?
Roberto Eduardo Cingolani y otros.
¿A quién se demanda?
Ferrocarriles Metropolitanos S.A.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Cuestión relativa al carácter judicial de un depósito sobre el que versó el debate, en el marco de la causa principal promovida por los actores contra Ferrocarriles Metropolitanos S.A.
¿Qué se resolvió?
Por mayoría, se hace lugar a la queja, se declara formalmente procedente el recurso extraordinario y se confirma la sentencia en los términos del precedente al que se remite. Costas por su orden. Se agrega la queja al principal y se reintegra el depósito de fs. 47.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"El juicio de la cámara respecto del carácter judicial del depósito sobre el que versa la cuestión debatida se apoya en la consideración de las circunstancias fácticas de la causa y es irrevisable por la vía del recurso extraordinario, máxime al no advertirse la configuración de un supuesto de arbitrariedad." (considerando 1°)
"Los restantes agravios planteados por el recurrente en cuanto atañen al aspecto sustancial de la controversia encuentran respuesta en la doctrina de esta Corte que surge del precedente E.68.XL. AEMM S.R.L. c/ TIA S.A. s/ ordinario s/ incidente de medidas cautelares, fallada el 20 de marzo de 2007, a cuyos fundamentos corresponde remitirse, en lo pertinente, por razones de brevedad." (considerando 2°)
"En este aspecto, la jueza Highton de Nolasco se remite a su disidencia en el mencionado precedente." (considerando 3°)
Nota: la Dra. Highton de Nolasco no integra la mayoría en cuanto al fondo; su posición surge sólo de la remisión a su disidencia en el precedente citado.
Ver el fallo completo
Dejá tu email y te mostramos la sentencia completa.
Normas que cita
- CPCCNart. 68 · Codigo procesal civil y comercial de la nacion
Fallos que cita
- AEMM S.R.L. c/ TIA S.A. s/ ordinario s/ incidente de medidas cautelaresCSJN · 20/03/2007
Más jurisprudencia sobre
El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.
Encontrá la jurisprudencia para tu caso
Buscá en los fallos de JurisprudenciaARG por tema, tribunal y fecha. Creá tu cuenta para empezar.