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Corte Suprema

HERVOT VIVIANA ROSA Y OTROS c/ COMPAÑIA CALINUR S.A. Y OTRO s/EJECUCION HIPOTECARIA

La Corte Suprema admitió el recurso extraordinario de la ejecutada en una ejecución hipotecaria en moneda extranjera y revocó la sentencia de Cámara. Aplicó el principio del esfuerzo compartido, convirtiendo la deuda a pesos a razón de un peso por dólar más el 50% de la brecha cambiaria, con un interés del 7,5% anual no capitalizable.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
H. 371. XLI. REX
Ejecucion hipotecaria Moneda extranjera Emergencia publica Pesificacion Principio del esfuerzo compartido Cer Brecha cambiaria Recurso extraordinario Art. 16 ley 48 Longobardi

Actor (ejecutante): Viviana Rosa Hervot, Juan Carlos L'Abbate, Otilia Betsabe Kurzer, Ronaldo Norberto Ferreyra y Carlos Ernesto Grasso.

Demandado (ejecutado): Compañía Calinur S.A. y otro.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

ejecución hipotecaria de un crédito en moneda extranjera.

¿Qué se resolvió?

se declaró formalmente admisible el recurso extraordinario de la ejecutada, se revocó el fallo apelado y se condenó a la demandada, aplicando el principio del esfuerzo compartido, a pagar el capital convertido a pesos a razón de un peso por dólar, más el 50% de la brecha con el mercado libre de cambio (tipo vendedor), o el CER si arroja un resultado superior, más una tasa de interés del 7,5% anual no capitalizable. Las costas de ejecución se distribuyen según el art. 558 CPCCN, y las de los incidentes de validez constitucional de las normas de emergencia se imponen en el orden causado.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

la decisión remite por razón de brevedad a los fundamentos del precedente "Longobardi, Irene Gwendoline y otros c/ Instituto de Educación Integral San Patricio S.R.L." (CSJN, 18/12/2007), por tratarse de cuestiones sustancialmente análogas. Los jueces Lorenzetti, Fayt y Argibay se remiten a sus disidencias en esa causa. El tribunal invoca el art. 16, segundo párrafo, de la ley 48 para decidir sobre el fondo. No se transcriben citas textuales adicionales en el documento.

Normas que cita

  • Ley 48art. 16 · Justicia nacional
  • CPCCNart. 558 · Codigo procesal civil y comercial de la nacion

Fallos que cita

  • Longobardi, Irene Gwendoline y otros c/ Instituto de Educación Integral San Patricio S.R.L.CSJN · 18/12/2007

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