TOTAL AUSTRAL S.A. SUCURSAL ARGENTINA c/ TIERRA DEL FUEGO, ANTARTIDA E ISLAS DEL ATLAN TICO SUR, PROVINCIA DE s/ACCION DECLARATIVA DE CERTEZA
La Procuración General de la Nación dictaminó en una acción declarativa de certeza promovida por Total Austral S.A. Sucursal Argentina contra la Provincia de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur, por la jurisdicción tributaria sobre yacimientos de hidrocarburos ubicados en la plataforma continental. Opinó que la causa corresponde a la competencia originaria de la Corte Suprema, por analogía con el precedente YPF S.A. c/ Neuquén.
¿Quién es el actor?
Total Austral S.A. Sucursal Argentina, co-titular de concesiones de explotación de los yacimientos "Carina" y "Aries", otorgadas por decreto 214/94 del PEN, en la plataforma continental adyacente a Tierra del Fuego.
¿A quién se demanda?
Provincia de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Acción declarativa de certeza (art. 322 CPCCN) para disipar la incertidumbre sobre el alcance de la jurisdicción tributaria provincial. La provincia reclama regalías sobre la producción, medida en boca de pozo, y se negó a emitir certificados de origen (ley 19.640) hasta que se cumpla el procedimiento de la Comisión para el Área Aduanera Especial.
Planteos de la actora: (a) que la boca de pozo no forma parte del yacimiento, por lo que la provincia no tendría derecho a cobrar regalías (violación de la ley 26.197); (b) subsidiariamente, la inconstitucionalidad del art. 81 de la Constitución provincial, que extendería la jurisdicción provincial sobre el mar territorial más allá de los límites fijados por las leyes 18.502 (mod. por ley 24.922) y 26.197, en violación de los arts. 31, 75 inc. 15 y 126 CN. Solicitó además una medida cautelar de no innovar ante el Juzgado Federal de Río Grande, cuyas actuaciones fueron remitidas a la Corte.
¿Qué se resolvió?
No hay decisión del tribunal; se trata de un dictamen previo que opina sobre la competencia.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
La Procuradora sostiene que la cuestión de competencia es sustancialmente análoga a la tratada en "YPF S.A. c/ Neuquén, Provincia del s/ medida cautelar" (dictamen del 18/05/2006, compartido por la Corte en sentencia del 31/10/2006, Fallos: 329:4829). Por remisión a esos fundamentos ("brevitatis causae"), concluye que el proceso corresponde a la competencia originaria de la Corte.
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Normas que cita
- Ley 17.319
- Decreto 1671
- Ley 26.197Hidrocarburos
- Ley 18.502Limites interprovinciales
- Ley 24.922Regimen federal de pesca
- Ley 19.640Zona franca- creacion
- Decreto 214
- CPCCNart. 322 · Codigo procesal civil y comercial de la nacion
- Constitución Nacionalarts. 31, 75 inc. 15, 126
Fallos que cita
- YPF S.A. c/ Neuquén, Provincia del s/ medida cautelarCSJN · 31/10/2006 · Fallos 329:4829
El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.
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