LUCERO SILVINA ELISA Y OTRO c/ DAL MASO ROBERTO EDMUNDO Y OTRO Y OTRO s/EJECUCION HIPOTECARIA
La Corte Suprema declaró procedente la queja y admisible el recurso extraordinario de los demandados en un proceso de ejecución hipotecaria. Revocó la declaración de inconstitucionalidad de la ley 25.561 y los decretos 214/2002 y 320/2002, y rechazó los planteos de inconstitucionalidad de las leyes 25.798, 25.908 y 26.167.
Actor (ejecutante): Silvina Elisa Lucero y otro.
Demandado (ejecutado): Roberto Edmundo Dal Maso y Silvia Elena Sganga.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
ejecución hipotecaria, con cuestionamientos sobre el cálculo del monto de la ejecución y la constitucionalidad de normas de emergencia económica y de refinanciación hipotecaria.
¿Qué se resolvió?
se declaró procedente la queja; se admitió formalmente el recurso extraordinario; se revocó la decisión apelada en cuanto al modo de calcular el monto de la ejecución y en cuanto declaraba la inconstitucionalidad de la ley 25.561 y los decretos 214/2002 y 320/2002; se rechazaron los planteos de inconstitucionalidad e inaplicabilidad de las leyes 25.798, 25.908 y 26.167; las costas de la ejecución se distribuyen según el art. 558 del CPCCN, salvo las de los incidentes de validez constitucional y de refinanciación hipotecaria, que se imponen en el orden causado; se devolvieron los autos para cumplir con el trámite de la ley 26.167.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"Sin perjuicio de señalar que en la presente causa no existe pronunciamiento de las instancias ordinarias respecto de la constitucionalidad y aplicación de las normas sobre refinanciación hipotecaria, en el proceso se hizo saber que los demandados habían firmado el contrato de refinanciación con el Banco de la Nación Argentina (conf. copia certificada de fs. 72/78)..."
"Que en cuanto al fondo del asunto, las cuestiones planteadas resultan sustancialmente análogas a las resueltas por el Tribunal en la causa R.320.XLII 'Rinaldi, Francisco Augusto y otro c/ Guzmán Toledo, Ronal Constante y otra s/ ejecución hipotecaria' con fecha 15 de marzo de 2007, votos concurrentes, cuyos fundamentos corresponde dar por reproducidos por razón de brevedad."
"Que los agravios de los ejecutados relacionados con el rechazo de la excepción de pago parcial resultan inadmisibles (art. 280 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación)."
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Normas que cita
- Ley 25.561Emergencia publica y reforma del regimen cambiario
- Decreto 214/2002
- Decreto 320/2002
- Ley 25.798Sistema de refinanciacion hipotecaria
- Ley 25.908Sistema de refinanciacion hipotecaria
- Ley 26.167Emergencia publica
- CPCCNarts. 280, 558 · Codigo procesal civil y comercial de la nacion
Fallos que cita
- Rinaldi, Francisco Augusto y otro c/ Guzmán Toledo, Ronal Constante y otra s/ ejecución hipotecariaCSJN · 15/03/2007
- Lado Domínguez, Ramón Alberto c/ Delriso, RubénCSJN · 20/06/2007
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