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Corte Suprema

MAZZA ANGEL NORBERTO Y OTRO c/ LAGE DE BUSTOS CARMEN ELSA s/DAÑOS Y PERJUICIOS

La Corte Suprema declaró formalmente admisible el recurso extraordinario deducido por la demandada en el juicio Mazza c/ Lage de Bustos y dejó sin efecto la decisión apelada. Ordenó que los autos vuelvan al tribunal de origen para que dicte un nuevo fallo conforme a lo expresado en el dictamen del Procurador Fiscal, al que la Corte se remitió.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
M. 1108. XXXVI. RHE
Recurso de hecho Recurso extraordinario Remision al dictamen del procurador fiscal Nuevo fallo Costas Admisibilidad formal Decision apelada Sin efecto Tribunal de origen Procedimiento civil.

¿Quién es el actor?

Angel Norberto Mazza y otro.

¿A quién se demanda?

Carmen Elsa Lage de Bustos (recurrente en el recurso de hecho).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

no surge del texto de la resolución.

¿Qué se resolvió?

admisibilidad del recurso extraordinario, revocación de la decisión apelada y devolución de los autos al tribunal de origen para que dicte nuevo fallo, con costas según el art. 68 del CPCCN.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Que los agravios de la apelante han sido objeto de adecuado tratamiento en el dictamen del señor Procurador Fiscal, cuyos fundamentos esta Corte comparte y a los cuales se remite brevitatis causa." La Corte no desarrolla fundamentos propios; adopta por remisión el dictamen de la Procuración.

Normas que cita

  • CPCCNart. 68 · Codigo procesal civil y comercial de la nacion

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