MARIEZCURRENA NELIDA RITA c/ INSTITUTO MUNICIPAL DE PREVISION SOCIAL s/MUNICIPALES
La Corte Suprema admitió el recurso ordinario de la actora, declaró desierto el recurso de la demandada y confirmó la sentencia que reconoció la extensión de la movilidad de la ley 18.037 y la aplicación del Aporte Medio Previsional Obligatorio y del Módulo Previsional en el reclamo de la jubilada contra el Instituto Municipal de Previsión Social. El tribunal remitió a sus precedentes de Fallos 323:555 y 323:3135 para resolver los agravios de la ANSeS.
¿Quién es el actor?
Nélida Rita Mariezcurrena.
¿A quién se demanda?
Instituto Municipal de Previsión Social (con intervención de la ANSeS como recurrente).
¿Cuál es el objeto del reclamo?
reclamo previsional de la actora sobre la extensión de la movilidad de la ley 18.037 hasta la entrada en vigor de la ley 24.241 y, desde allí, la aplicación del Aporte Medio Previsional Obligatorio y del Módulo Previsional.
¿Qué se resolvió?
admitir el recurso ordinario de la actora, declarar desierto el remedio de la demandada y confirmar la sentencia apelada. Respecto de la movilidad entre el 1° de abril de 1991 y la vigencia de la ley 24.463, el juez Belluscio se remitió a su disidencia en "Chocobar, Sixto Celestino" (Fallos: 319:3241). Costas por su orden (art. 21 de la ley 24.463).
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"Que los planteos de la actora relacionados con la extensión de la movilidad de la ley 18.037 hasta la entrada en vigor de la ley 24.241 y, a partir de allí, con la aplicación del Aporte Medio Previsional Obligatorio y del Módulo Previsional encuentran adecuada respuesta en lo resuelto por mayoría del Tribunal en el precedente publicado en Fallos: 323:555, a cuyas consideraciones, en lo pertinente, cabe remitir."
"Que los agravios esgrimidos por la ANSeS resultan sustancialmente análogos a los examinados y resueltos por esta Corte en Fallos: 323:3135, voto de los jueces Nazareno, Moliné O'Connor, Belluscio, Boggiano, López y Vázquez, a cuyas consideraciones cabe remitirse por razón de brevedad."
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Normas que cita
- Ley 18.037Nuevo regimen de jubilaciones y pensiones
- Ley 24.241Sistema integrado de jubilaciones y pensiones
- Ley 24.463art. 21 · Solidaridad previsional
Fallos que cita
- Mariezcurrena, Nélida Rita c/ Instituto Municipal de Previsión SocialCSJN · 13/11/2001 · Fallos 323:555
- Fallos 323:3135CSJN
- Chocobar, Sixto CelestinoCSJN · Fallos 319:3241
El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.
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