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Corte Suprema

ACQUABOTA ISAIAS JUAN ROQUE c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS

El actor reclamó el reajuste de su haber previsional por movilidad para los períodos posteriores a 1995. La Corte Suprema declaró desierto el recurso de la ANSeS por falta de memorial, confirmó la tasa de interés fijada en el precedente Spitale y revocó la sentencia en materia de movilidad, con descuento de los aumentos otorgados por decretos entre 2002 y 2006.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
A. 2167. XXXVIII. ROR
Movilidad jubilatoria Reajuste de haberes previsionales Tasa de interes Recurso ordinario Desercion por falta de memorial Precedente badaro Precedente spitale Decretos de reajuste 2002-2006 Anses Corte suprema.

¿Quién es el actor?

Isaías Juan Roque Acquabota.

¿A quién se demanda?

Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSeS).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

reajustes varios del haber previsional, en particular la movilidad del haber para el período posterior al 31 de marzo de 1995 y la tasa de interés aplicable.

¿Qué se resolvió?

la Corte declaró desierto el recurso ordinario de la ANSeS por no haber presentado el memorial previsto en el art. 280, segundo párrafo, del CPCCN; declaró procedente el recurso del actor; confirmó la sentencia apelada respecto de la tasa de interés, en concordancia con el precedente "Spitale"; y revocó la sentencia en materia de movilidad con el alcance indicado en el precedente "Badaro", sin perjuicio de descontar en la liquidación las sumas percibidas en virtud de los decretos del Poder Ejecutivo que dispusieron reajustes entre el 1 de enero de 2002 y el 31 de diciembre de 2006.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Los agravios del titular vinculados con la tasa de interés aplicada, encuentran adecuada respuesta en el precedente 'Spitale' (Fallos: 327:3721), cuyas conclusiones se dan por reproducidas."

"Las objeciones del demandante que se vinculan con la necesidad de fijar una pauta de movilidad para el período posterior al 1 de enero de 2002, suscitan el examen de temas sustancialmente análogos a los resueltos por esta Corte en la causa B.675.XLI. 'Badaro, Adolfo Valentín c/ AnSeS s/ reajustes por movilidad' fallada con fecha 26 de noviembre de 2007, a cuyos fundamentos corresponde remitirse por razones de brevedad."

"No obstante haberse notificado al organismo previsional de la providencia que ordenaba poner los autos en secretaría a los fines del artículo 280, segundo párrafo, del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación, no presentó el memorial exigido por dicha norma, por lo que corresponde declarar la deserción del remedio intentado."

Normas que cita

  • Ley 24.463art. 19 · Solidaridad previsional
  • CPCCNart. 280 · Codigo procesal civil y comercial de la nacion

Fallos que cita

  • SpitaleCSJN · Fallos 327:3721
  • Badaro, Adolfo Valentín c/ ANSeS s/ reajustes por movilidadCSJN · 26/11/2007

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