JurisprudenciaARG
Corte Suprema

GRAU JORGE FRANCISCO c/ ANSES s/REAJUSTES POR MOVILIDAD

Los actores reclamaron el reajuste de sus haberes jubilatorios por movilidad frente a la ley 24.463, que modificó el régimen de actualización previsional. La Corte Suprema declaró procedentes los recursos ordinarios de la ANSeS y revocó las sentencias apeladas, con el alcance fijado en los precedentes Schiariti e Iglesias.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
G. 1201. XXXVI. ROR
Reajuste por movilidad Haberes previsionales Ley 24.463 Movilidad jubilatoria Inconstitucionalidad articulos 22 y 23 Prescripcion liberatoria Anses Recursos ordinarios Schiariti Iglesias

¿Quién es el actor?

Jorge Francisco Grau, junto con Marcelo Menéndez, Miguel Ulises Occhipinti y Clara Yanucci (causas acumuladas).

¿A quién se demanda?

Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSeS).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

reajuste de haberes previsionales por movilidad.

¿Qué se resolvió?

la Corte declaró procedentes los recursos ordinarios deducidos y revocó las sentencias apeladas con el alcance que surge de los considerandos de los fallos "Schiariti" e "Iglesias". Impuso las costas por su orden (art. 21, ley 24.463).

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Que las cuestiones relacionadas con la declaración de inconstitucionalidad de los artículos 22 y 23 de la ley 24.463, han sido examinadas y resueltas por el Tribunal en el precedente publicado en Fallos: 323:1861 ("Schiariti") y en la causa I.110.XXXV. "Iglesias, Manuel c/ ANSeS s/ reajustes por movilidad", fallada con fecha 17 de abril de 2001."

"Que los planteos de la demandada respecto de las modificaciones introducidas por la ley 24.463 sobre el cómputo de la prescripción liberatoria -art. 82, ley 18.037- han recibido adecuada respuesta en el precedente de este Tribunal G.829.XXXV. "Giusio, Mauricio c/ ANSeS s/ reajustes por movilidad" (considerando 4°), fallado con fecha 4 de septiembre de 2001, por lo que deben ser desestimados. El juez Boggiano se remite a su disidencia en el citado precedente."

Normas que cita

  • Ley 24.463arts. 22, 23 · Solidaridad previsional
  • Ley 18.037art. 82 · Nuevo regimen de jubilaciones y pensiones

Fallos que cita

  • SchiaritiCSJN · Fallos 323:1861
  • IglesiasCSJN · 17/04/2001
  • GiusioCSJN · 04/09/2001

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