SERRA EDUARDO JOSE Y OTROS c/ PODER EJECUTIVO NACIONAL Y OTRO s/ACCION DE AMPARO
Se trata de decenas de recursos de hecho deducidos por ahorristas contra entidades bancarias y el Poder Ejecutivo Nacional por la conversión a pesos de depósitos en dólares dispuesta por el régimen de emergencia (Ley 25.561 y decretos 1570/01 y 214/02). La Corte Suprema hizo lugar a las quejas, dejó sin efecto las sentencias apeladas y reconoció el derecho de los actores a obtener el reintegro de sus depósitos a $ 1,40 por dólar, ajustado por CER más intereses del 4% anual, según los precedentes Massa y Kujarchuk.
¿Quién es el actor?
Eduardo José Serra y otros (ahorristas agrupados en la presente causa, junto con los demás recursos acumulados).
¿A quién se demanda?
Poder Ejecutivo Nacional y entidades bancarias intervinientes (BankBoston, entre otras).
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Reintegro de depósitos bancarios en dólares estadounidenses, convertidos a pesos por el régimen de emergencia económica, mediante acciones de amparo (Ley 16.986).
¿Qué se resolvió?
Se hacen lugar a las quejas, se declaran procedentes los recursos extraordinarios y se dejan sin efecto las sentencias apeladas. En virtud de los fundamentos, se reconoce el derecho de los actores a obtener el reintegro de su depósito convertido a $ 1,40 por dólar, ajustado por CER hasta el pago, más intereses al 4% anual no capitalizable, computando como pagos a cuenta lo abonado durante el pleito y lo entregado por cautelares. Ese reconocimiento tiene como límite el monto fijado por la cámara y excluye los casos en que la obligación se extinguió por canje por bonos o por aplicación del importe a fines específicos. Costas de esta instancia en el orden causado; las anteriores se mantienen.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"Las cuestiones planteadas son sustancialmente análogas a las tratadas y resueltas en la causa M.2771.XLI. 'Massa, Juan Agustín c/ Poder Ejecutivo Nacional - dto. 1570/01 y otro s/ amparo ley 16.986', sentencia del 27 de diciembre de 2006, a cuyos fundamentos y conclusiones corresponde remitir en razón de brevedad."
"El juez Fayt se remite asimismo a las consideraciones efectuadas en su voto emitido en la causa P.914.XLII 'Piriz, María Marcela c/ P.E.N. - ley 25.561 dtos. 1570/01, 214/02 s/ amparo ley 16.986', fallada el 6 de marzo de 2007."
"En razón de la excepcional situación suscitada en esta clase de causas, se mantiene lo dispuesto sobre el punto por el tribunal a quo [respecto de las costas de las instancias anteriores]."
Forma de cumplimiento: "en razón de la excepcional situación a la que se hizo referencia procédase a devolver las actuaciones directamente a los respectivos juzgados de primera instancia".
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Normas que cita
- Ley 25.561Emergencia publica y reforma del regimen cambiario
- Decreto 1570
- Decreto 214
- Ley 16.986Amparo
- CPCCNarts. 68, 286 · Codigo procesal civil y comercial de la nacion
Fallos que cita
- Massa, Juan Agustín c/ Poder Ejecutivo NacionalCSJN · 27/12/2006
- Piriz, María Marcela c/ P.E.N.CSJN · 06/03/2007
- Kujarchuk, Pablo Felipe c/ PENCSJN · 28/08/2007
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