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Corte Suprema

POCKAY CLARA LUJAN c/ ANSES s/PENSIONES

La ANSeS dedujo recurso ordinario contra la sentencia que confirmó la restitución del beneficio de pensión a la actora, sustentada en un dictamen pericial que le asignó un 67% de incapacidad. La Corte Suprema confirmó la sentencia, por considerar que los agravios del organismo sólo expresaban discrepancia con la valoración probatoria y que la inaplicabilidad de los arts. 16, 17 y 23 de la ley 24.463 ya había sido resuelta en precedentes del Tribunal.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
P. 321. XXXVII. ROR
Pension Incapacidad Dictamen pericial Prueba pericial Recurso ordinario Ley 24.463 Seguridad social Anses Discrepancia con el pronunciamiento Inaplicabilidad de normas.

¿Quién es el actor?

Clara Luján Pockay.

¿A quién se demanda?

Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSeS).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

reclamo de la pensión derivada del fallecimiento de su padre.

¿Qué se resolvió?

se confirma la sentencia apelada, con costas por su orden.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"La alzada consideró que el dictamen del perito oficial que había asignado a la titular un porcentaje de incapacidad del 67% de la total obrera en razón de las patologías detectadas, tenía plena eficacia probatoria a los fines pretendidos y no cabía apartarse de sus conclusiones toda vez que se hallaban fundadas en principios técnicos inobjetables que no habían sido desvirtuados por pruebas de mayor rigor científico."

"Los agravios de la demandada respecto de la cuestión de fondo no rebaten en forma precisa y razonada los argumentos dados por el a quo, pues sólo hacen referencia a falencias en el diagnóstico efectuado por el médico forense y al error en el porcentual de minusvalía establecido en el dictamen, objeciones que fueron planteadas en su oportunidad y resueltas por la cámara, aparte de que sólo traducen una mera discrepancia con el pronunciamiento apelado."

"El organismo también cuestiona la inaplicabilidad al caso, de los arts. 16, 17 y 23 de la ley 24.463, planteo que encuentra adecuada respuesta en los precedentes de este Tribunal L.546.XXXV 'Leonardini, Osvaldo Ernesto c/ ANSeS s/ autónomos: otras prestaciones' y C.1183.XXXV 'Coter, Yolanda Rosa c/ ANSeS s/ pensiones', del 5 de diciembre de 2000 y 13 de febrero de 2001, respectivamente, a cuyas consideraciones corresponde remitir por razón de brevedad."

Normas que cita

  • Ley 24.463arts. 16, 17, 23, 19 · Solidaridad previsional

Fallos que cita

  • Leonardini, Osvaldo Ernesto c/ ANSeS s/ autónomos: otras prestacionesCSJN · 05/12/2000
  • Coter, Yolanda Rosa c/ ANSeS s/ pensionesCSJN · 13/02/2001

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