JurisprudenciaARG
Corte Suprema

BAUZONE PEDRO ALBERTO c/ ANSES s/S/REAJUSTES VARIOS

La Corte Suprema admitió el recurso extraordinario de un jubilado que reclamaba el reajuste de su haber previsional por movilidad entre abril de 1995 y fines de 2006. El Tribunal revocó la sentencia de la Cámara Federal de la Seguridad Social y ordenó aplicar el índice fijado en el precedente Badaro, descontando los aumentos otorgados por decretos del Poder Ejecutivo cuando la prestación resultante fuese menor.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
B. 1738. XLI. RHE
Movilidad jubilatoria Reajuste de haberes Ley 18.037 Ley 23.928 Anses Recurso extraordinario Precedente badaro Precedente sanchez Seguridad social Haber previsional

¿Quién es el actor?

Pedro Alberto Bauzone.

¿A quién se demanda?

Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSeS).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

reajuste de haberes previsionales por movilidad, desde abril de 1995 hasta fines de 2006, con base en la ley 18.037.

¿Qué se resolvió?

se hace lugar al recurso extraordinario, se revoca la sentencia apelada y se ordena que la movilidad del período se practique según el índice fijado en "Badaro", salvo que los aumentos por decretos del Poder Ejecutivo arrojen una prestación superior.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Las cuestiones referentes a que la entrada en vigencia de la ley 23.928 no afectó la movilidad establecida por la ley 18.037, guardan sustancial analogía con las examinadas por el Tribunal en el precedente 'Sánchez' (Fallos: 328:1602 y 2833), cuyos fundamentos y conclusiones se dan por reproducidos."

"Los agravios atinentes al reajuste de haberes solicitado a partir del mes de abril de 1995 hasta fines del año 2006, resultan procedentes de acuerdo con lo resuelto por esta Corte en la causa B.675.XLI 'Badaro, Adolfo Valentín c/ ANSeS s/ reajustes varios', sentencias de fecha 8 de agosto de 2006 y 26 de noviembre de 2007, a cuyos fundamentos corresponde remitir por razón de brevedad, sin perjuicio de que al practicar la liquidación se descuenten las sumas que pudieran haberse percibido en virtud de los decretos del Poder Ejecutivo que dispusieron incrementos en las prestaciones en el período indicado."

Normas que cita

Fallos que cita

  • Badaro, Adolfo Valentín c/ ANSeS s/ reajustes variosCSJN · 08/08/2006
  • Badaro, Adolfo Valentín c/ ANSeS s/ reajustes variosCSJN · 26/11/2007
  • Sánchez, María del CarmenCSJN · Fallos 328:1602

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