SAIZ HECTOR SILVIO c/ s/ACCION DE AMPARO
El Banco de la Nación Argentina interpuso recurso de hecho contra la sentencia que hizo lugar a la acción de amparo por la devolución de depósitos en caja de ahorro en dólares. La Corte hizo lugar a la queja, declaró procedente el recurso extraordinario y dejó sin efecto la sentencia apelada, reconociendo al actor el derecho a obtener el reintegro de su depósito en pesos a $1,40 por dólar, ajustado por CER más intereses del 4% anual.
¿Quién es el actor?
Héctor Silvio Saiz.
¿A quién se demanda?
Banco de la Nación Argentina.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Acción de amparo para la restitución de depósitos en caja de ahorro en dólares estadounidenses, en el marco de la pesificación dispuesta por el Decreto 1570/01 y la Ley 25.561.
¿Qué se resolvió?
La Corte Suprema hizo lugar a la queja, declaró procedente el recurso extraordinario y dejó sin efecto la sentencia apelada. Sin perjuicio de ello, declaró el derecho del actor a obtener el reintegro de su depósito convertido a pesos a razón de $1,40 por dólar, ajustado por CER hasta el momento del pago, más intereses al 4% anual no capitalizables, debiendo computarse como pagos a cuenta las sumas abonadas por el banco durante el pleito y las entregadas en cumplimiento de medidas cautelares. Se excluyeron los supuestos en que la obligación se hubiera extinguido por canje por bonos del Estado o por aplicación del importe a fines específicos. Las costas de esta instancia se distribuyeron en el orden causado; las de las instancias anteriores se mantuvieron.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"Que las cuestiones planteadas en la presente causa respecto de la caja de ahorro en dólares resultan sustancialmente análogas a las tratadas y resueltas en la causa M.2771.XLI 'Massa, Juan Agustín c/ Poder Ejecutivo Nacional dto. 1570/01 y otro s/ amparo ley 16.986', sentencia del 27 de diciembre de 2006 (Fallos: 329:5913), a cuyos fundamentos corresponde remitir 'en razón de brevedad'."
"El juez Fayt se remite asimismo a las consideraciones expuestas al votar en la causa P.914.XLII 'Piriz, María Marcela c/ P.E.N. - ley 25.561 dtos. 214/02 y 1570/01 s/ amparo ley 16.986' sentencia del 6 de marzo de 2007 (Fallos: 330:331)."
"El reconocimiento de tal derecho lo es, en su caso, con el límite pecuniario que resulta de lo decido por la cámara, y con exclusión de los supuestos en que la obligación emergente de los contratos de depósito se hubiera extinguido a raíz de su canje por bonos del Estado o por haberse aplicado su importe a fines específicos previstos normativamente, tales como la cancelación de deudas con el sistema financiero, adquisición de inmuebles o automóviles."
"En lo atinente a las irrogadas en las anteriores instancias, en virtud de la excepcional situación suscitada en esta clase de causas, se mantiene lo dispuesto sobre el punto por el tribunal a quo."
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Normas que cita
- Decreto 1570
- Ley 25.561Emergencia publica y reforma del regimen cambiario
- Ley 16.986Amparo
- Decreto 214
- CPCCNart. 68 · Codigo procesal civil y comercial de la nacion
Fallos que cita
- Massa, Juan Agustín c/ Poder Ejecutivo NacionalCSJN · 27/12/2006 · Fallos 329:5913
- Piriz, María Marcela c/ P.E.N.CSJN · 06/03/2007 · Fallos 330:331
- Kujarchuk, Pablo Felipe c/ P.E.N.CSJN · 28/08/2007
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