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Corte Suprema

CORDOBA MARIA ESTER c/ ANSES s/RETIRO POR INVALIDEZ (ART 49 P.4 LEY 24241)

La actora reclamó la jubilación por invalidez prevista en el art. 49 p. 4 de la ley 24.241, que le fue denegada por no alcanzar el grado de incapacidad exigido. La Corte confirmó el fallo de la Cámara Federal de la Seguridad Social, que había rechazado el beneficio sobre la base de un dictamen médico forense que fijó una incapacidad del 47,93%, inferior al mínimo legal.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
C. 272. XXXVII. ROR
Jubilacion por invalidez Ley 24.241 Incapacidad previsional Prueba pericial medica Cuerpo medico forense Comision medica central Reinsercion laboral Seguridad social Recurso ordinario de apelacion

¿Quién es el actor?

María Ester Córdoba.

¿A quién se demanda?

Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSeS).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

jubilación por invalidez (art. 49 p. 4, ley 24.241).

¿Qué se resolvió?

se confirma la sentencia apelada que denegó el beneficio por falta de incapacidad previsional suficiente.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Que en lo que respecta a los informes médicos ordenados por el a quo, no corresponde hacer lugar a los agravios de la interesada, habida cuenta de que se encuentran suficientemente fundados en exámenes efectuados a la actora, sin que en las impugnaciones formuladas a fs. 88/89 ni en el planteo desarrollado en el recurso de la ley 24.463, se hayan refutado científicamente sus resultados."

"Que la posibilidad de la solicitante de realizar tareas con el grado de incapacidad constatado, quita relevancia al hecho de que la alzada no haya ponderado expresamente la factibilidad de reemplazar sus tareas por otras, ya que lo que ha quedado demostrado es la inexistencia de incapacidad previsional que justifique el reconocimiento del derecho perseguido."

Antecedente: el organismo previsional había fundado la denegatoria en el dictamen de la Comisión Médica Central, que fijó una incapacidad del 34,93% de la total obrera. La Cámara ordenó como medida para mejor proveer una pericia del Cuerpo Médico Forense, que determinó un 47,93%, también inferior al requerido por la ley.

Normas que cita

  • Ley 24.241arts. 48 inc. a, 49 p. 4 · Sistema integrado de jubilaciones y pensiones
  • Ley 24.463art. 19 · Solidaridad previsional

El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.

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