GALLER AIDA Y OTROS c/ DELLA FIORE SILVANA CARLA Y OTROS s/EJECUCION DE ALQUILERES
La Corte Suprema, por mayoría, declaró procedente la queja y el recurso extraordinario deducido por los ejecutados en una causa de ejecución de deuda en dólares estadounidenses. Revocó la sentencia apelada y, en uso de las facultades del art. 16 de la ley 48, dispuso que la deuda se pague en pesos aplicando el principio del esfuerzo compartido, con intereses del 7,5% anual no capitalizable.
Actora/acreedora: Aída Galler y otros.
Demandados/ejecutados: Silvana Carla Della Fiore y otros, entre ellos Osvaldo Della Fiore.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
cobro de una deuda expresada en moneda extranjera (dólares estadounidenses) en un proceso de ejecución.
¿Qué se resolvió?
revocar el fallo apelado y condenar a pagar en pesos, convirtiendo el capital a razón de un peso por dólar, más el 50% de la brecha con la cotización del mercado libre de cambio (tipo vendedor) al día del pago, salvo que el coeficiente de estabilización de referencia arroje un monto mayor, con más intereses del 7,5% anual no capitalizable desde la mora hasta el pago. Las costas se distribuyen en el orden causado.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"Que las cuestiones planteadas en el presente juicio resultan sustancialmente análogas, en lo pertinente, a las resueltas por el Tribunal en la causa L.971.XL 'Longobardi, Irene Gwendoline y otros c/ Instituto de Educación Integral San Patricio S.R.L.' con fecha 18 de diciembre de 2007, votos concurrentes, cuyos fundamentos corresponde dar por reproducidos por razón de brevedad."
"Los jueces Lorenzetti, Fayt y Argibay se remiten a sus disidencias en la citada causa."
"Por ello, y habiendo dictaminado el señor Procurador General, por mayoría, se declara procedente la queja, formalmente admisible el recurso extraordinario deducido por los ejecutados, se revoca el fallo apelado y, en uso de las atribuciones conferidas por el art. 16, segundo párrafo, de la ley 48, se condena a los demandados por aplicación del principio del esfuerzo compartido a pagar..."
¿Cómo votaron los jueces?
Lorenzetti, Fayt y Argibay se remiten a sus votos disidentes en la causa Longobardi, por lo que no integran la mayoría que fundamenta la decisión.
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Normas que cita
- Ley 48art. 16 · Justicia nacional
Fallos que cita
- Longobardi, Irene Gwendoline y otros c/ Instituto de Educación Integral San Patricio S.R.L.CSJN · 18/12/2007
El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.
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