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Corte Suprema

BINAGHI ROBERTO ANTONIO c/ MERLOS ENGRACIA s/EJECUCION HIPOTECARIA

La Corte Suprema admitió el recurso extraordinario de la ejecutada en un juicio de ejecución hipotecaria y revocó la sentencia de la Cámara Civil. Ordenó al juez de primera instancia fijar un plazo de hasta 30 días para que la deudora opte por cancelar el crédito conforme a la ley 26.167, por remisión a lo resuelto en la causa Baschi.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
B. 1312. XLIII. RHE
Ejecucion hipotecaria Recurso extraordinario Ley 26.167 Cancelacion del credito Remision a precedente Baschi Deudor hipotecario Costas en el orden causado Ejecucion de sentencia Vivienda

Actor (ejecutante): Roberto Antonio Binaghi.

Demandado (ejecutado): Engracia Merlos.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

ejecución hipotecaria.

¿Qué se resolvió?

por mayoría, se declaró formalmente admisible el recurso extraordinario, se revocó la sentencia apelada y se dispuso que el juez de primera instancia fije un plazo no mayor de 30 días para que la deudora manifieste si optará por cancelar el crédito en la forma indicada en el fallo, conforme a la ley 26.167. En caso contrario, la ejecución continúa según las normas procesales. Costas en el orden causado.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Que las cuestiones planteadas resultan sustancialmente análogas a las resueltas por el Tribunal en la causa B.1160.XLII 'Baschi, Ferruccio y otro c/ Guntín, Carlos Alberto y otro', fallada el 29 de abril de 2008, cuyos fundamentos corresponde dar por reproducidos por razón de brevedad." El juez Petracchi se remitió a su disidencia en la causa citada. La decisión se fundó, entonces, en la remisión al precedente "Baschi" y en la aplicación de la ley 26.167, sin desarrollo argumental propio en este fallo.

Normas que cita

Fallos que cita

  • Baschi, Ferruccio y otro c/ Guntín, Carlos Alberto y otroCSJN · 29/04/2008

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